Ley Silla: Que sí y que no pueden hacer los empleadores
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La Ley Silla es una de las reformas más relevantes que se han impulsado en la Ley Federal del Trabajo (LFT), debido a que busca proteger la salud de las y los trabajadores mexicanos. Pero, ¿a qué estarán obligados los empleadores?
En el sitio de “El Mundo del Derecho” nos interesa brindarte la mejor información, por eso a continuación te damos los detalles sobre la Ley Silla.
¿A qué estarán obligados los empleadores con la Ley Silla?
Estas serán los obligaciones que SÍ tendrán que cumplir los empleadores mexicanos con la Ley Silla:
- Los empleadores tendrán que proporcionar asientos o sillas suficientes con respaldo para que los trabajadores puedan descansar.
- Las sillas para el descanso de los trabajadores tendrán que estar ubicadas en áreas específicas.
- Los empleadores deberán otorgar periodos de reposo o de descanso para los trabajadores durante la jornada.
Estas serán las acciones que NO podrán ejercer los empleadores mexicanos con la Ley Silla:
- Los empleadores tendrán prohibido obligar a los trabajadores a permanecer de pie durante toda la jornada laboral.
- También quedará prohibido que los empleadores impidan que sus trabajadores se puedan sentar durante a su horario de labor.
Multas por incumplimiento y periodo de adaptación
La Ley Silla contempla sanciones que van de 250 a 2,500 Unidades de Medida y Actualización (UMAs), lo que representa multas de hasta 280 mil pesos para las empresas que no cumplan con esta obligación. Además, en casos de incumplimiento reiterado o negligente, las autoridades laborales podrán ordenar la suspensión temporal de actividades del centro de trabajo.
Aunque la legislación ya está vigente, se ha establecido un periodo de implementación. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) tiene un plazo de 30 días para emitir los criterios técnicos sobre riesgos asociados a estar de pie durante periodos prolongados. Asimismo, las empresas cuentan con 180 días naturales para modificar sus reglamentos internos y cumplir plenamente con lo estipulado.
“El derecho al descanso durante la jornada no es un privilegio, es una medida de salud pública y dignidad laboral”, expresó una portavoz de la STPS durante el anuncio oficial.
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