¿Qué hacer si un jefe te obliga a trabajar el 16 de septiembre? Esto supone la ley
Imagina que ya tienes planes para celebrar las fiestas patrias y de forma inesperada recibes un mensaje del jefe: “Te necesitamos el 16 de septiembre”. La duda es: ¿el trabajador puede negarse o debe presentarse?
Por ello, conviene conocer qué permite la ley laboral. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles al respecto.
¿Qué dice la ley?
La Ley Federal del Trabajo (LFT) es clara, el artículo 74 reconoce al 16 de septiembre como un día de descanso obligatorio. Sin embargo, el artículo 75 dispone que “los trabajadores y los patrones determinarán el número de trabajadores que deban prestar sus servicios”.
Es decir que faltar sin previo aviso podría generar un conflicto, aunque se trate de un día de descanso obligatorio. Aquí lo que conviene es confirmar la instrucción por escrito y preguntar cómo se reflejará el pago en la nómina.
Las personas elegidas deberán cubrir el turno y en caso de no existir un acuerdo previo, le correspondería a las autoridades laborales resolver este asunto.
Por esta razón, trabajar durante el festejo patrio puede ser válido, pero siempre deberá respetarse la compensación establecida.
¿Cuánto deben pagarte por cubrir el turno?
La persona deberá recibir su salario habitual por el día de descanso y una cantidad adicional equivalente al doble de su salario diario. En total, le corresponde un pago triple.
La propia LFT reconoce el derecho a recibir, “independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”.
En palabras más sencillas: quien gana 500 pesos diarios tendrá derecho a cobrar 1,500 pesos por laborar durante esa fecha. Y otorgar otro día de descanso no libera la responsabilidad del jefe de cubrir la cantidad adicional.
¿Qué pasa si aparece como un día normal en la nómina?
La recomendación para las y los trabajadores es conservar mensajes, listas de turnos, controles de asistencia y cualquier documento que permita demostrar las actividades durante el 16 de septiembre.
Además, es importante solicitar por escrito la aclaración del pago. Y en caso de que se nieguen a corregirlo, las autoridades de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) brinda orientación gratuita.
En conclusión: el 16 de septiembre es un día de descanso obligatorio, en caso de que sea necesario cubrir con normalidad la jornada laboral también se deberá pagar correctamente.

