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¿Se puede condicionar la atención médica por lenguas indígenas? Esto dice la Corte

La eficacia de una consulta médica depende de que el paciente pueda explicar qué dolor tiene y entender las indicaciones del personal de salud. Pero ¿qué ocurriría si una persona habla una lengua indígena y necesita atención?

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizó un caso sobre dichos pacientes para ejercer su derecho a la salud. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles. 

¿Pueden negar la atención por falta de presupuesto? 

En la acción de inconstitucionalidad 145/2024, el Máximo Tribunal determinó que la atención médica en una lengua indígena no puede condicionarse a la disponibilidad presupuestaria. 

El asunto surgió a partir de una ley de Baja California que condicionaba la atención para personas hablantes de lenguas indígenas a que existiera presupuesto para contratar personal médico o personas traductoras que hablaran su lengua.

La SCJN invalidó esa condición al considerar que el acceso a los servicios de salud en una lengua indígena no puede depender de la existencia de recursos.

“El derecho a la salud es incondicional y no puede limitarse por falta de recursos”, destacó la Corte al dar a conocer el criterio.

Por ello, si una persona que pertenezca a un pueblo o comunidad indígena, tiene derecho a recibir atención médica en su lengua y ninguna autoridad puede negársela con el argumento de que “no hay presupuesto”, de acuerdo con la información de la SCJN.

¿Por qué es necesaria una persona traductora?

Una barrera lingüística durante una consulta puede dificultar que el paciente explique qué le ocurre o comprenda las indicaciones que recibe. Razón por la que una traducción adquiere relevancia para garantizar una atención adecuada.

La Suprema Corte señaló que las personas traductoras son un puente indispensable para que las personas indígenas puedan explicar su padecimiento y recibir atención médica adecuada.

De acuerdo con el criterio, poder comprender y ser comprendido durante una consulta también forma parte del derecho a la salud.

Así, la posibilidad de recibir atención en una lengua indígena no puede quedar sujeta a que una autoridad tenga recursos disponibles para contratar a una persona traductora.

¿Qué cambió con la decisión de la Corte?

La Corte invalidó la condición prevista en la legislación de Baja California que vinculaba este derecho con la disponibilidad de presupuesto.

Con ello, quedó establecido que la falta de recursos no puede utilizarse como una limitante para garantizar la atención médica en una lengua indígena.

En conclusión: el acceso a la salud debe ser igual para todas las personas, sin importar la lengua que hablen. Es decir, la comunicación durante una consulta también debe garantizarse para que la atención pueda brindarse de manera adecuada.

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