¿Qué personas podrán recibir doble pensión? Esto determinó la SCJN
¿Es posible recibir dos pensiones cada mes? La respuesta podría sorprender a más de una persona, ya que la legislación mexicana contempla algunos supuestos en los que esto sí puede ocurrir.
Precisamente sobre este tema se ha pronunciado la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que ha establecido criterios para determinar qué prestaciones pueden coexistir y cuáles no. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles.
¿Quiénes sí pueden recibir dos pensiones al mismo tiempo?
La SCJN ha sostenido en distintos criterios que la pensión por viudez puede ser compatible con otras prestaciones de seguridad social cuando ambas tienen un origen y una finalidad distintos.
Esto ocurre porque la pensión por viudez no deriva de los años de trabajo de quien la recibe, sino del fallecimiento de una persona asegurada o pensionada. Su objetivo es proteger económicamente a los familiares que dependían de ella.
Por otro lado, una pensión por jubilación o retiro tiene su origen en las cotizaciones y años de trabajo acumulados por la propia persona beneficiaria.
Debido a que ambas prestaciones protegen riesgos diferentes, la Corte ha considerado que pueden coexistir en determinados supuestos sin que ello implique un doble beneficio indebido.
¿Con qué prestaciones puede coexistir la pensión por viudez?
En términos generales, la pensión por viudez puede ser compatible con una pensión derivada del trabajo de la propia persona beneficiaria, siempre que cada prestación tenga un origen jurídico distinto.
La lógica detrás de este criterio es que una prestación reconoce los derechos generados por la actividad laboral de una persona, mientras que la otra busca brindar protección económica tras el fallecimiento de un familiar asegurado.
Por ello, la Suprema Corte ha señalado que no puede asumirse automáticamente que toda combinación de pensiones está prohibida. Cada caso debe analizarse tomando en cuenta el tipo de prestación involucrada, su finalidad y la legislación aplicable.
En otras palabras, el hecho de recibir una pensión no significa necesariamente perder el derecho a otra si ambas responden a situaciones diferentes protegidas por el sistema de seguridad social.
¿La SCJN autorizó una doble pensión para todos los jubilados?
Uno de los errores más comunes es pensar que la Suprema Corte autorizó que cualquier pensionado pueda cobrar dos pensiones al mismo tiempo. En realidad, el criterio depende de las características de cada prestación.
De hecho, recientemente la Segunda Sala de la SCJN resolvió que los trabajadores del IMSS sujetos al Régimen de Jubilaciones y Pensiones previsto en el Contrato Colectivo de Trabajo no pueden recibir simultáneamente una jubilación contractual y una pensión por vejez, ya que ambas cubren esencialmente el mismo derecho pensionario.
Por ello, la decisión no significa que todas las personas jubiladas puedan acceder a una doble pensión ni que todas las combinaciones estén permitidas.
Lo que ha establecido la Corte es que debe analizarse el origen y la finalidad de cada prestación. Cuando se trata de beneficios distintos que protegen riesgos diferentes, como puede ocurrir con una pensión por viudez y una pensión por jubilación, puede existir compatibilidad. Sin embargo, cuando ambas prestaciones persiguen el mismo propósito, la acumulación puede resultar improcedente.

