¿Dónde se denuncian los casos atribuibles al Estado? Esto dice la SCJN
Cuando el Estado causa un daño, no basta con tener la razón, también importa cómo se inicia la reclamación. Y ahí es donde muchas personas se equivocan.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizó este escenario y estableció un criterio que redefine cómo deben iniciarse estos casos en México. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles.
La denuncia inicia ante la autoridad responsable
Al resolver los Amparos en Revisión 15 y 75 de 2026, el Pleno validó los artículos 18 y 22 de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado.
Esto significa que las personas que busquen una indemnización por daños derivados de la actividad administrativa deben presentar su reclamación ante la institución que presuntamente causó el daño.
Lejos de vulnerar derechos, la Corte consideró que este modelo respeta la imparcialidad, ya que existen mecanismos como “impedimentos, excusas, recusaciones y una carga de la prueba equilibrada”.
Así se garantiza el acceso a la justicia
Uno de los puntos clave del fallo es que este procedimiento no deja en indefensión a las personas afectadas.
La Corte precisó que las resoluciones emitidas por la autoridad pueden impugnarse ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, lo que asegura una revisión independiente del caso.
Además, explicó que existe un equilibrio en la carga de la prueba: la persona afectada debe acreditar el daño y su vínculo con la actuación estatal, mientras que la autoridad debe demostrar que su actuación fue legal o que el daño tuvo otra causa.
Buscan garantizar indemnización y equilibrio procesal
Los casos analizados surgieron de solicitudes de indemnización por presuntas fallas en la atención médica en hospitales del IMSS.
Con esta decisión, el Pleno concluyó que el marco legal vigente “garantiza reglas claras, equilibrio procesal y mecanismos de revisión suficientes”, lo que permite proteger el derecho de las personas a ser indemnizadas cuando sufran daños por la actividad administrativa irregular del Estado.
En conclusión: reclamar un daño causado por el Estado sí es posible, pero requiere seguir el procedimiento correcto. La ruta comienza ante la autoridad responsable, con la posibilidad de acudir después a instancias que revisen su actuación.

