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¿Cuánto te debe pagar tu jefe por laborar el viernes 1 de mayo? Esto dice la ley 

El 1 de mayo se conmemora el Día del Trabajo, pero aunque es una de las fechas más emblemáticas en materia laboral, en muchos sectores la actividad no se detiene… pero eso sí, no debería pagarse como un día cualquiera.

Detrás de esta jornada hay un derecho de esquema especial de pago que establece el marco de la ley, aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles al respecto. 

Pago triple, la regla que no todos conocen

El 1 de mayo está reconocido como día de descanso obligatorio en la Ley Federal del Trabajo(LFT). Esto implica que los trabajadores deben gozar del día con su salario íntegro, sin necesidad de presentarse a laborar.

Sin embargo, cuando el patrón requiere que el trabajador preste sus servicios, la ley establece una compensación adicional. Se trata del artículo 75 que estipula un derecho “a que se le pague, independientemente del salario que le corresponda por el descanso, un salario doble por el servicio prestado”.

En la práctica, esto se traduce en un pago triple: el salario correspondiente al día de descanso y un monto extra doble por haber laborado en dicha fecha.

¿Quiénes sí deben trabajar ese día?

La propia Ley Federal del Trabajo establece que patrones y trabajadores deben acordar quiénes laborarán en días de descanso obligatorio. Si no hay consenso, la autoridad laboral puede intervenir para determinarlo.

Este escenario es habitual en actividades que no pueden detenerse, como servicios de salud, transporte, seguridad, industria o comercio. En estos casos, el derecho al pago adicional se mantiene intacto, sin excepciones.

Si no te pagan lo correcto, esto puedes hacer

Cuando no se respeta este pago, el trabajador puede exigirlo. La legislación laboral prevé mecanismos formales para reclamar el cumplimiento de estas obligaciones.

Una de las principales vías es acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), donde se ofrece asesoría gratuita y acompañamiento legal. También es posible iniciar un procedimiento ante las autoridades laborales correspondientes.

En conclusión: el 1 de mayo no solo es una fecha simbólica: es un recordatorio vigente de los derechos laborales. 

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