¿Quiénes tendrán derecho a faltar al trabajo el lunes 2 de febrero? Esto dice la ley
Para millones de personas trabajadoras en México, el próximo lunes 2 de febrero no será un día laboral ordinario, leíste bien.
La razón no tiene que ver con vacaciones ni acuerdos internos, sino con una fecha histórica que la ley reconoce como día de descanso obligatorio: el aniversario de la Constitución Mexicana. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles al respecto.
¿Por qué se descansará el lunes y no el 5 de febrero?
Aunque el Día de la Constitución se conmemora oficialmente el 5 de febrero, la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que su descanso se recorre al primer lunes de febrero, con el objetivo de generar fines de semana largos.
El artículo 74 de la LFT señala expresamente que el primer lunes de febrero, en conmemoración del 5 de febrero, es un día de descanso obligatorio. Por ello, en 2026 la suspensión de labores corresponde al lunes 2 de febrero.
¿Quiénes sí pueden faltar al trabajo el lunes 2 de febrero?
Tienen derecho a no laborar ese día, sin que se les descuente el salario, todas las personas trabajadoras que mantengan una relación laboral subordinada regida por la Ley Federal del Trabajo. Esto incluye a quienes laboran en empresas privadas, comercios, fábricas y centros de trabajo formales.
En estos casos, la ausencia está plenamente justificada por la ley y no requiere permiso especial del empleador.
Sin embargo, el descanso obligatorio no aplica de manera automática para trabajadores independientes, personas que cobran por honorarios, prestadores de servicios profesionales o quienes no están sujetos a una relación laboral subordinada. En estos supuestos, la suspensión de actividades depende de lo que se haya pactado contractualmente.
¿Y si te toca trabajar ese día?
Hay actividades que no pueden detenerse, tales como los servicios de salud, seguridad, transporte o empresas con turnos continuos. Por lo que si una persona trabajadora se presenta el próximo lunes 2 de febrero, la ley es clara:
Deberá recibir salario doble adicional, además del salario normal correspondiente al día de descanso obligatorio. Esto convierte la jornada en una de las mejor pagadas del calendario laboral.
En conclusión, el día de descanso obligatorio por el aniversario de la Constitución no es un beneficio discrecional, sino un derecho laboral reconocido por la ley. Por ello, los empleadores deben respetarlo o, en su caso, compensar conforme a lo que marca la legislación vigente.

