¿Qué pasaría con un empleado que llega todos los días tarde? Esto dice la ley
Llegar tarde al trabajo de manera ocasional no suele tener consecuencias mayores, pero cuando los retardos se repiten de forma constante, sí pueden generar sanciones laborales. La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece obligaciones claras para las personas trabajadoras y fija los límites de actuación de los empleadores.
La diferencia entre una falta menor y un problema grave está en la reiteración, la justificación y lo que establezca el reglamento interno. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te damos los detalles.
La puntualidad es una obligación legal
El artículo 134, fracción III, de la LFT señala que las personas trabajadoras deben desempeñar sus labores conforme a las condiciones pactadas, lo que incluye respetar horarios y jornadas de trabajo.
Cuando las llegadas tarde son constantes, pueden considerarse un incumplimiento de las obligaciones laborales.
¿Pueden descontarte el salario por llegar tarde?
Sí. De acuerdo con los artículos 82 y 83 de la LFT, el salario se paga por el trabajo efectivamente prestado, por lo que el patrón puede descontar el tiempo no laborado derivado de retardos.
Lo que la ley prohíbe son multas o sanciones económicas arbitrarias que no estén previstas en la normativa laboral.
Las medidas disciplinarias deben estar previstas en el Reglamento Interior de Trabajo, conforme a los artículos 422 y 423 de la LFT.
Estas pueden incluir:
• Amonestaciones
• Llamadas de atención
• Suspensiones temporales
Siempre que sean proporcionales y no discriminatorias.
¿Puede ser motivo de despido?
La impuntualidad reiterada no es una causa automática de despido. El artículo 47 de la LFT no menciona expresamente los retardos, pero estos podrían justificar una rescisión si el patrón demuestra un incumplimiento grave y constante de las obligaciones laborales.
Un retraso ocasional o aislado no justifica un despido legal.

