Ley Silla: ¿para qué trabajadores SÍ aplica y para cuáles no?
La entrada en vigor de la llamada Ley Silla modificó las condiciones laborales en miles de centros de trabajo en México, al reconocer el derecho de las personas trabajadoras a contar con asientos durante la jornada. Sin embargo, la aplicación no es automática y esto ha generado dudas sobre en qué casos aplica.
La reforma a la Ley Federal del Trabajo no se basa en el nombre del puesto, sino en las funciones reales que se desempeñan, lo que obliga a analizar cada caso de manera concreta. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te damos los detalles al respecto.
¿En qué casos la Ley Silla SÍ permite trabajar sentados?
La Ley Silla sí aplica cuando la naturaleza del trabajo permite realizar las actividades sentadas o alternar periodos de pie y sentado, sin afectar la operación del centro laboral.
Este supuesto suele presentarse, por ejemplo, en empleos como:
• Personal de cajas, mostradores o atención al cliente.
• Trabajadores administrativos o de recepción.
• Empleados de farmacias, tiendas o módulos de información.
• Vigilancia estática o labores de supervisión fija.
La reforma establece que el patrón debe proporcionar sillas con respaldo, ya que la ley señala que los centros de trabajo deberán contar con asientos “cuando la naturaleza del trabajo lo permita”, con el fin de proteger la salud de las personas trabajadoras.
¿Cuándo el trabajo puede exigir permanecer de pie?
Existen actividades donde la propia naturaleza del trabajo exige movilidad constante, esfuerzo físico continuo o atención permanente, lo que puede justificar que las labores se realicen de pie.
Esto puede ocurrir, por ejemplo, en:
• Procesos industriales con desplazamiento constante.
• Manejo continuo de maquinaria.
• Labores de carga, descarga o producción en línea.
• Actividades donde sentarse represente un riesgo de seguridad.
En estos casos, el uso de sillas puede no ser obligatorio, siempre que la negativa esté objetivamente justificada y no responda a criterios arbitrarios o de imagen del negocio. Sin embargo, la ley establece que los centros de trabajo deben contar con áreas destinadas al descanso y sin importar que no sea viable.
¿Quién decide si un puesto permite sentarse o no?
La reforma no deja la decisión únicamente en manos del empleador. Si existe un desacuerdo sobre si el puesto permite o no trabajar sentado, la situación puede ser revisada por la autoridad laboral.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) puede realizar inspecciones para verificar el cumplimiento de la Ley Federal del Trabajo. Además, las personas trabajadoras pueden acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) para recibir orientación y apoyo.
En conclusión, la aplicación de la Ley Silla depende de cómo se realiza el trabajo en la práctica, no del título del puesto ni de decisiones discrecionales del empleador.

