Skip to content Skip to footer

Aguinaldo 2025: ¿es legal que descuenten a los trabajadores impuesto de dicho pago? 

A medida que se acerca diciembre, miles de trabajadores en México comienzan a preguntarse cuánto recibirán de aguinaldo y si el monto llegará completo o con descuentos aplicados, nos referimos a los impuestos

Pero ¿qué dice la ley respecto a los impuestos que se retienen de la prestación del aguinaldo? Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te damos los detalles al respecto. 

¿Debe pagarse aguinaldo completo o con descuentos?

De acuerdo con el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), todos los trabajadores tienen derecho a recibir un pago de aguinaldo anual equivalente, como mínimo, a 15 días de salario, el cual debe pagarse antes del 20 de diciembre.

Esta prestación es obligatoria para empleadores tanto del sector público como del privado, sin importar el tipo de contrato o la antigüedad del trabajador, aunque en el caso de quienes no hayan cumplido el año de servicio, la cantidad se calcula de manera proporcional.

La Ley Federal del Trabajo no autoriza que el empleador haga descuentos directos sobre el aguinaldo, salvo en los casos expresamente permitidos, como cuotas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o descuentos judiciales, por ejemplo, por pensión alimenticia.

Sin embargo, el impuesto sobre la renta (ISR) sí puede aplicarse sobre esta prestación, ya que el aguinaldo se considera un ingreso gravable para efectos fiscales.

De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), los trabajadores que reciban un aguinaldo mayor a 30 días de salario mínimo exento deberán pagar ISR por el excedente. En 2025, el salario mínimo general es de 248.93 pesos diarios, por lo que los primeros 7,468 pesos aproximadamente estarán libres de impuesto, y sólo el monto que exceda esa cantidad será gravado.

¿Quién realiza la retención del ISR?

El patrón o empleador es el responsable de calcular y retener el impuesto correspondiente al momento del pago del aguinaldo, conforme a las tarifas publicadas por el SAT.

La retención no constituye una “deducción arbitraria”, sino una obligación fiscal prevista en la Ley del Impuesto sobre la Renta, que busca evitar discrepancias al momento de la declaración anual.

El SAT aclara que este impuesto no se aplica de manera generalizada, sino con base en el monto recibido y el salario del trabajador, por lo que en muchos casos el descuento puede ser mínimo o incluso inexistente.

En conclusión, el aguinaldo es un derecho laboral irrenunciable, pero está sujeto a las disposiciones fiscales vigentes. En palabras de la LFT y del SAT, el descuento por ISR es legal siempre y cuando se aplique únicamente al excedente del monto exento.

En caso de que el patrón descuente más de lo debido o realiza retenciones indebidas, el trabajador podrá acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) para recibir orientación gratuita y presentar una queja formal.

© 2025 El Heraldo de México – All rights reserved