Skip to content Skip to footer

Aguinaldo 2025: ¿el trabajador que renuncia tiene derecho a recibir dicho pago?

[vc_row][vc_column][vc_column_text]

Diciembre aún no llega, pero la pregunta ya ronda en muchos trabajadores: ¿si renuncio antes de fin de año se pierde el derecho a cobrar aguinaldo?

La respuesta es no, todas las personas trabajadoras en México tienen derecho a recibir el pago proporcional del aguinaldo, incluso si dejan su empleo antes de diciembre, según lo establece la Ley Federal del Trabajo (LFT). Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te damos los detalles.

“El aguinaldo es un derecho irrenunciable. Si el trabajador termina la relación laboral antes del 20 de diciembre, tiene derecho a que se le pague la parte proporcional por el tiempo laborado”, señala el artículo 87 de la LFT.

Un derecho que no depende de la fecha

El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo es claro: todas las personas empleadas —sin importar si están contratadas por tiempo determinado, indeterminado o por obra— deben recibir un aguinaldo equivalente a por lo menos 15 días de salario, y si la relación termina antes del cierre del año, se calcula de forma proporcional.

“Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos”, precisa la ley.

Esto significa que si una persona renuncia, es despedida o su contrato concluye en cualquier momento del año, la empresa está obligada a pagar el aguinaldo proporcional a los días laborados.

¿Cómo se calcula el aguinaldo proporcional?

El cálculo se hace dividiendo el salario mensual entre 30 días, y luego multiplicando por los días de aguinaldo que establece la ley (15) y por la proporción de días efectivamente trabajados durante el año.

De acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), el aguinaldo debe pagarse en una sola exhibición, y las empresas no pueden sustituirlo con vales, despensas ni mercancías.

Además, si el trabajador renuncia, el pago debe entregarse junto con su finiquito, en un plazo razonable posterior a la separación laboral.

“El aguinaldo debe liquidarse de manera íntegra, en efectivo o transferencia, y cualquier omisión puede denunciarse ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET)”, advierte la STPS.

Un derecho irrenunciable

La STPS recuerda que el aguinaldo es un derecho laboral protegido por la ley, y ninguna empresa puede negarlo ni condicionarlo al motivo de la salida del trabajador.

“El aguinaldo no es un incentivo ni un bono discrecional; es una prestación obligatoria que reconoce el trabajo del empleado durante el año”, subraya la dependencia.

En conclusión, renunciar no implica perder el aguinaldo: el derecho subsiste, solo se ajusta al tiempo trabajado.

[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]

© 2025 El Heraldo de México – All rights reserved