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Aguinaldo 2025: ¿las trabajadoras del hogar tendrán derecho a cobrar dicho pago?

El cierre del año se acerca y con él llega una obligación que ningún empleador puede ignorar: pagar el aguinaldo. Pero entre las dudas más frecuentes surge una pregunta clave: ¿las trabajadoras del hogar también deben recibirlo? 

La respuesta es sí, el marco de la ley mexicana reconoce este derecho de manera explícita y obliga a los empleadores a cumplir con el pago a más tardar el 20 de diciembre de cada año. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te damos los detalles. 

Un derecho reconocido en la Ley Federal del Trabajo

El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que “las y los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día 20 de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos”.

En el caso de las trabajadoras del hogar, la reforma publicada en 2019 y consolidada en los últimos años incorporó su reconocimiento formal dentro del Capítulo XIII de la misma ley. Ahí se precisa que “las personas trabajadoras del hogar tendrán derecho a vacaciones, prima vacacional, acceso a la seguridad social, aguinaldo y cualquier otra prestación que se pacte entre las partes”.

Esto significa que las empleadas domésticas, sin importar si laboran de planta o por días, deben recibir su aguinaldo completo o proporcional al tiempo trabajado.

Cómo se calcula el aguinaldo

Si una trabajadora del hogar ha laborado durante todo el año, le corresponde el equivalente a 15 días de salario. Pero si solo trabajó una parte del año, tiene derecho a una proporción.

Por ejemplo, si gana 300 pesos diarios y trabajó seis meses, el cálculo sería:

300 x 15 / 12 = 3,750 pesos de aguinaldo proporcional.

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) ha recordado que este pago “no es opcional ni un favor del patrón, sino una obligación establecida en la ley”, y debe entregarse en efectivo, no en especie ni regalos.

Trabajadoras sin contrato también tienen derecho

Incluso si no existe un contrato escrito, las trabajadoras domésticas están protegidas por la ley. La LFT establece que la relación laboral se presume existente cuando una persona presta servicios personales a otra bajo su dirección o supervisión.

Por ello, “toda persona trabajadora del hogar que realice labores de aseo, asistencia o cuidado en un hogar particular, tiene los mismos derechos que cualquier otro trabajador formalmente contratado”, recordó la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) en su guía oficial de derechos.

¿Qué hacer si no se cumple con el pago de aguinaldo? 

Si el empleador no realiza el pago del aguinaldo o lo entrega incompleto, la trabajadora puede acudir ante la Profedet o al Centro de Conciliación Laboral de su entidad.

Profedet recomienda conservar mensajes, comprobantes o testigos que acrediten la relación laboral.

La dependencia también aclara que la falta de pago puede derivar en sanciones económicas al patrón, pues “la negativa injustificada constituye una infracción a las normas laborales que afecta los derechos básicos de la persona trabajadora”.

En conclusión, el aguinaldo es un derecho que también protege a las trabajadoras del hogar, sin importar si trabajan por jornada, por horas o de planta. Debe pagarse antes del 20 de diciembre, y equivale, como mínimo, a 15 días de salario o su parte proporcional.

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