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¿Es legal que coloquen cámaras de vigilancia si haces Home Office? Esto dice la Ley

Tras la pandemia de Covid-19, cada vez más empresas optaron por autorizar el Home Office de sus empleados o incluso adoptar modelos de empleo híbridos. De hecho, fue en el año 2021 cuando la Ley Federal del Trabajo incluyó todo un apartado sobre el Teletrabajo

Ante este panorama, aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te compartimos si están permitidas las cámaras de vigilancia cuando trabajas desde casa y cuáles son tanto tus derechos como tus obligaciones al laborar en esta modalidad. 

¿Es legal que coloquen cámaras de vigilancia en mi oficina?

Sí es legal colocar cámaras de video y micrófonos para los casos en que se realiza Home Office, pero solamente bajo “situaciones extraordinarias”. Así lo establece el artículo 330 de la Ley Federal del Trabajo al señalar lo siguiente: 

“Solamente podrán utilizarse cámaras de video y micrófonos para supervisar el teletrabajo de manera extraordinaria, o cuando la naturaleza de las funciones desempeñadas por la persona trabajadora bajo la modalidad de teletrabajo lo requiera”. 

El mismo artículo establece que cualquier tecnología que se utilice para supervisar el trabajo remoto debe “ser proporcional a su objetivo” y además debe garantizar el derecho a la intimidad que tienen las y los trabajadores de México.

Los patrones tienen la obligación de proporcionar las herramientas necesarias. Foto: Especial.

¿Cuáles son las obligaciones de tu empresa si haces Home Office?

La Ley Federal del Trabajo define como “teletrabajo” la modalidad en la que las personas trabajadoras realizan sus actividades en un lugar distinto a su empresa u organización haciendo uso de distintas tecnologías. Precisamente por eso, las y los patrones deben cumplir con una serie de obligaciones reguladas por el artículo 330-E y que son las siguientes:

  • Proporcionar las herramientas necesarias para la realización del trabajo: equipos de cómputo, impresoras, sillas o lo que se necesite para laborar. 
  • Recibir oportunamente el trabajo. 
  • Realizar los pagos en las fechas establecidas. 
  • Asumir los costos que requiere trabajar a distancia, tales como el servicio de la luz y el internet. 
  • Tener un registro de los suministros dados a la persona trabajadora. 
  • Respetar el derecho a la desconexión. 

¿Cuáles son tus obligaciones como trabajador si haces Home Office?

Las y los trabajadores necesitan cuidar las herramientas de trabajo. Foto: Especial.

Por su parte, las y los trabajadores que hacen Home Office también tienen obligaciones al momento de realizar sus labores. Entre las más importantes se encuentran el atender los mecanismos de protección de datos de la empresa y apegarse a las normas de seguridad. 

También es obligación de las y los empleados cuidar correctamente los equipos de la organización y avisar de manera oportuna cuáles son los costos de los servicios que está utilizando. 

Finalmente, cabe mencionar que, en caso de requerir algún tipo de asesoría existen instancias como la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) a la que puedes marcar a los números 800 911 7877 y 800 717 2942.

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