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Alumna denuncia acoso escolar frente a sus padres y maestros, ¿qué castigo aplicaría la ley?

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Durante una ceremonia de clausura escolar en Chiapas, una estudiante del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado (Cecyte) sorprendió a todos al tomar el micrófono y denunciar públicamente a un compañero por presunto acoso escolar, en presencia de docentes, directivos, padres de familia y otros alumnos.

El caso fue documentado y difundido en video por El Heraldo de México, generando una ola de reacciones tanto en redes sociales como entre autoridades educativas.

“Hoy quiero alzar la voz por mí y por todas las que han sido acosadas y se han quedado calladas”, expresó la joven con firmeza durante su intervención, acusando a un estudiante identificado como “Ulises” y exigiendo que no se le otorgara un reconocimiento por su conducta.

¿Qué dice la ley sobre el acoso escolar en México?

Aunque el acoso escolar (también conocido como bullying) no está tipificado como delito específico en el Código Penal Federal, sí puede ser sancionado legalmente cuando trasciende a conductas que impliquen amenazas, hostigamiento, tocamientos, lesiones o daño psicológico, especialmente si ocurre en un contexto escolar.

En el caso de menores de edad, las sanciones recaen en el ámbito administrativo y educativo, y pueden derivar en:

  • Suspensión o expulsión del agresor.

  • Medidas de reparación del daño psicológico.

  • Canalización obligatoria a tratamiento psicoemocional.

  • Denuncias ante el DIF o la Fiscalía si hay violencia física o sexual.

En estados como Chiapas, el acoso escolar se atiende bajo la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes local, que obliga a las instituciones educativas a prevenir, atender y sancionar cualquier forma de violencia dentro del entorno escolar.

Además, si el acoso implica actos de naturaleza sexual o tocamientos, podría encuadrarse en delitos como abuso sexual o acoso sexual, previstos en el Código Penal del estado, con penas que van de 1 a 6 años de prisión, incluso si el agresor es menor de edad, con medidas adaptadas a su condición jurídica.

La obligación de la escuela: protocolos y sanciones

La Secretaría de Educación Pública (SEP) cuenta con un Protocolo de actuación para casos de violencia escolar, que obliga a las autoridades del plantel a:

  • Activar una investigación interna.

  • Informar a los padres y tutores.

  • Canalizar a la víctima a atención psicológica.

  • Dar vista, si hay indicios de delito, a la Fiscalía General del Estado.

El artículo 76 de la Ley General de Educación señala que las escuelas deben garantizar un entorno seguro y libre de violencia, y el incumplimiento de esta obligación puede derivar en sanciones administrativas al personal docente o directivo.

¿Qué puede hacer una víctima de acoso escolar?

En México, cualquier estudiante que enfrente acoso puede acudir a instancias como:

  • Dirección del plantel o tutor académico.

  • Comisión de derechos humanos local.

  • Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes.

  • Fiscalía estatal si existen hechos delictivos.

También se puede presentar una queja ante la SEP, vía telefónica al 800 288 6688, o al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred).

Un llamado a no guardar silencio

El caso en Chiapas pone en evidencia los vacíos que aún existen en muchas escuelas del país frente al acoso escolar y la revictimización de quienes denuncian. La valentía de esta alumna —cuya identidad se mantiene protegida— abrió el debate sobre la eficacia de los protocolos actuales y la necesidad de fomentar una cultura de denuncia, respeto y sanción oportuna.

“Esto no debe quedar impune. No se trata de un simple error, sino de violencia que no puede tolerarse en las escuelas”, expresó un grupo de padres de familia citado por El Heraldo de México.

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