¿Te pueden espiar? Reglas legales para intervenir llamadas o mensajes en México
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La vigilancia e intervención de llamadas telefónicas o conversaciones privadas ha sido históricamente un tema delicado en México, ¿no te parece?
Pero con el avance de la tecnología y el crecimiento de delitos como la extorsión o el crimen organizado, el debate sobre la legalidad de este tipo de prácticas cobra nueva relevancia. Aquí en el sitio de “El Mundo del Derecho” te damos los detalles al respecto.
¿En qué condiciones se permite intervenir llamadas y mensajes?
Diversos sectores de la sociedad —incluidos defensores de derechos humanos y especialistas en derecho constitucional— han advertido sobre los riesgos de vulnerar la privacidad sin justificación legal. Sin embargo, también reconocen que existen situaciones específicas donde el Estado puede, bajo ciertas condiciones, realizar este tipo de intervenciones.
La ley mexicana sí permite la intervención de comunicaciones privadas, pero sólo bajo orden judicial y en casos estrictamente determinados. Según el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, “las comunicaciones privadas son inviolables”, y sólo podrán ser interceptadas si un juez federal autoriza la medida con base en una solicitud fundada por parte de la autoridad competente.
De acuerdo con el Código Nacional de Procedimientos Penales, las intervenciones sólo proceden cuando se investigan delitos graves, como delincuencia organizada, secuestro, terrorismo, trata de personas o corrupción. Además, la medida debe ser proporcional, necesaria y limitada en el tiempo.
Las autoridades que pueden solicitar este tipo de intervención son la Fiscalía General de la República (FGR), las fiscalías estatales o el Centro Nacional de Inteligencia (CNI), siempre bajo vigilancia judicial.
¿Cuál es la sanción por intervenir llamadas o mensajes de forma ilegal?
La ley contempla penas severas para quien vulnere este derecho sin autorización. El Código Penal Federal establece que intervenir comunicaciones privadas sin orden de un juez se considera delito. Quien incurra en esta práctica puede ser sancionado con penas de seis a doce años de prisión, además de multas y la inhabilitación para desempeñar cargos públicos.
“El derecho a la privacidad está protegido por la Constitución, y cualquier intromisión indebida puede ser denunciada e incluso combatida vía amparo”, señalan juristas.
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