¿Te pueden arrestar por incumplimiento en el pago de una deuda? Esto dice la ley
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Recibir llamadas insistentes, mensajes intimidantes o incluso amenazas de “ir a la cárcel” por no pagar una deuda es algo que muchos mexicanos han vivido.
Pero, ¿realmente una persona puede ser arrestada por deberle dinero a un banco, tienda o financiera? La respuesta no es tan simple como parece y depende del tipo de compromiso que se haya adquirido.
Lo que sí está claro es que la ley mexicana marca límites muy precisos entre una falta civil y un delito penal. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te damos los detalles al respecto.
¿Qué dice la ley?
El artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que nadie puede ser encarcelado por deudas de carácter civil.
Esto significa que el incumplimiento en el pago de una tarjeta de crédito, préstamo personal o financiamiento comercial no constituye un delito, sino una responsabilidad civil o mercantil.
“Nadie puede ser aprisionado por deudas de carácter puramente civil”, establece el texto constitucional.
Por ello, aunque los acreedores pueden iniciar demandas para recuperar el dinero, no pueden solicitar una orden de arresto, sino únicamente acciones legales para embargar bienes o exigir el cumplimiento del contrato.
Cuándo sí puede haber cárcel
Existen casos excepcionales en los que el impago sí puede derivar en sanciones penales. Por ejemplo:
- Cuando una persona simula o falsifica documentos para obtener un crédito, puede configurarse el delito de fraude, sancionado por el Código Penal Federal.
- En los casos de incumplimiento intencional de pensión alimenticia, el artículo 308 del Código Penal Federal establece penas de prisión para quien evada sus obligaciones familiares.
Fuera de estos supuestos, no pagar una deuda por falta de solvencia o desempleo no se castiga con cárcel, sino con medidas de carácter civil.
El amparo como protección
Si una autoridad o despacho de cobranza incurre en amenazas o actos arbitrarios, la Ley de Amparo protege al ciudadano.
Cualquier intento de detención o coerción ilegal por una deuda civil puede impugnarse mediante un amparo directo, pues viola el derecho constitucional a la libertad personal.
Aunque la cárcel no es una consecuencia del impago, las deudas no desaparecen.
Los incumplimientos pueden generar embargos, pérdida de bienes o afectaciones crediticias, además de intereses acumulados.
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