Suprema Corte: estas son las medidas clave que tomó en la participación política de México
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un conjunto de decisiones que transforman el panorama político del país y fortalecen la participación ciudadana, la paridad de género y la representación indígena.
Con estas resoluciones, el Máximo Tribunal establece criterios que impactan directamente en los mecanismos democráticos, las reglas electorales y la inclusión de grupos históricamente marginados. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te damos los detalles al respecto.
Participación ciudadana: democracia directa
La SCJN garantizó que los mecanismos de participación ciudadana —como la revocación de mandato— se ejecuten con reglas claras, constitucionales y accesibles para la población.
En su análisis, el Pleno confirmó la validez de los parámetros que exigen respaldo ciudadano genuino para solicitar este tipo de procesos, como la recolección de firmas equivalente a 10% de la lista nominal, al considerarlo un requisito razonable y previsto en la Constitución.
Asimismo, el Tribunal avaló ajustes en los plazos para organizar jornadas de participación ciudadana, siempre que estas modificaciones no limiten el ejercicio del derecho político de la ciudadanía. Con ello, la Corte envía un mensaje claro: las entidades pueden diseñar sus reglas internas, pero deben hacerlo sin imponer cargas desproporcionadas ni crear obstáculos que afecten la participación democrática.
Paridad de género: espacios reales para mujeres
Otro eje central de las resoluciones del Pleno fue la paridad de género. La Corte confirmó que los congresos locales cuentan con facultades para establecer acciones afirmativas que permitan incrementar la participación de las mujeres en cargos públicos, especialmente en aquellos municipios o regiones donde históricamente han tenido menor presencia.
Entre los criterios respaldados por la SCJN destacan la posibilidad de diseñar bloques de postulación reservados exclusivamente para mujeres. El Tribunal señaló que estas medidas son constitucionales, razonables y proporcionadas, pues se derivan del mandato de paridad previsto en la Constitución y tienen como finalidad corregir desigualdades estructurales.
Además, recordó que tales acciones deben aplicarse sin afectar el equilibrio electoral ni vulnerar el derecho al voto ciudadano.
Representación indígena
La Suprema Corte también fortaleció la participación política de los pueblos y comunidades indígenas al invalidar normas que pretendían limitar su intervención en los asuntos públicos mediante requisitos administrativos o figuras que reducían su presencia a un papel meramente testimonial.
El Pleno sostuvo que las comunidades indígenas tienen derecho a elegir a sus representantes conforme a sus propias formas de organización y a participar de manera efectiva cuando los ayuntamientos discutan decisiones que impacten su vida comunitaria.
De igual forma, declaró inválidas disposiciones que calificaban su encargo como “honorífico” o que pretendían condicionar su participación a registros oficiales, al considerar que estas medidas afectaban el derecho a la libre determinación.
Con estas resoluciones, la SCJN traza un mapa más amplio de derechos políticos en el país: no pueden ser restringidos por cargas excesivas, reglas excluyentes o criterios administrativos que limiten la inclusión democrática. En su conjunto, estas medidas fortalecen la pluralidad y acercan a México a un modelo más justo, participativo e igualitario.

