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¿Sin apartar lugares para estacionarse? Esto dice la iniciativa

La búsqueda de estacionamiento en las calles de la Ciudad de México no suele terminar. Y es que una simple cubeta colocada frente a una vivienda parece suficiente para advertir que nadie más puede estacionarse ahí.

Una iniciativa plantea ampliar las conductas que podrían recibir una sanción. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles.

¿Qué propone la iniciativa?

La iniciativa presentada por la diputada Miriam Saldaña Cháirez busca que nadie podría adueñarse de un espacio común con sólo colocar un objeto. Para dejarlo claro en la ley, propone aplicar una reforma artículo 28 Bis de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México.

La norma ya prohíbe apartar lugares para estacionarse, bloquear su uso y exigir pagos por cuidar o lavar vehículos. Pero ese nuevo ajuste busca incluir otras formas de ocupación, como delimitar una parte de la calle con cubetas, conos, cadenas, cajas, llantas, muebles o incluso vehículos.

“La propuesta busca establecer con mayor precisión que ocupar, reservar, delimitar o apropiarse de una porción de la vía o del espacio público (…) cuando no exista autorización de la autoridad competente, constituye una infracción”, explicó la diputada.

¿En qué lugares se aplicaría la propuesta?

La propuesta pretende alcanzar a quienes bloqueen banquetas, pasos peatonales, rampas, guías podotáctiles, ciclovías o entradas al transporte público.

Además, se considerarían infracciones cerrar el acceso a parques y plazas, extender un negocio hacia la calle con cadenas o jardineras, cobrar por entrar a un espacio gratuito y obstruir hidrantes o entradas de hospitales, escuelas y vehículos de emergencia.

“Una banqueta bloqueada puede representar una molestia para algunas personas, pero para una persona con discapacidad o movilidad limitada puede convertirse en una barrera que le impida ejercer plenamente su derecho a desplazarse por la ciudad”, añadió.

El proyecto también consideraría incluir una fracción XVII al artículo 29 para sancionar a quien tape, rellene, dañe o altere coladeras, rejillas y alcantarillas.

¿Qué castigo se aplicaría?

La iniciativa contempla que esas conductas irregulares sean clasificadas como infracciones y con ello la consecuencia podría ser un arresto de 13 a 24 horas. También una multa de 11 a 40 Unidades de Medida y Actualización (UMA) o entre seis y 12 horas de trabajo comunitario.

Aunque dicha iniciativa de reforma ya fue presentada, aún no es aprobada. Únicamente fue enviada a la Comisión de Justicia Cívica y Defensoría Pública del Congreso de la Ciudad de México para su análisis y que así pueda avanzar a votación.

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