Skip to content Skip to footer

Sentencia Pensión IMSS: ¿cómo se solicita para personas con discapacidad en orfandad? 

Una negativa “de palabra” no puede cerrar el acceso a la seguridad social. Un juez federal ordenó al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) revisar y resolver una solicitud de pensión por orfandad presentada por un joven con discapacidad, al establecer que las autoridades están obligadas a aplicar ajustes razonables para garantizar el ejercicio efectivo de sus derechos.

Se trata de un caso que se originó tras el fallecimiento de un trabajador asegurado. Su hijo, un joven de 19 años con síndrome de Down, y su madre solicitaron los beneficios de seguridad social; sin embargo, la autoridad negó la solicitud de manera verbal y sin fundamentación, por lo que promovieron un amparo. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles. 

La omisión del IMSS y el amparo

Al analizar el asunto, el juzgador recordó que las autoridades tienen la obligación de garantizar el acceso a la justicia y a la seguridad social, especialmente cuando se trata de personas con discapacidad. En la resolución se subrayó que “las autoridades deben aplicar ajustes razonables para garantizar el acceso a la justicia de las personas con discapacidad”, y que una negativa informal carece de sustento legal.

El fallo también precisó que la negativa impidió el acceso a prestaciones como atención médica y beneficios derivados de la seguridad social, por lo que concedió el amparo y ordenó resolver el trámite conforme a dichos estándares.

Ajustes razonables: obligación, no concesión

La sentencia enfatiza que juzgar y decidir con enfoque de discapacidad no es opcional. En ese sentido, destacó que “aplicar ajustes razonables no implica otorgar privilegios, sino remover barreras que impiden el ejercicio de derechos”, y que su finalidad es hacer efectivos los derechos reconocidos por la ley.

Asimismo, dejó claro que “la autoridad debe considerar las condiciones particulares de la persona solicitante para evitar actos de discriminación”, lo que obliga a revisar requisitos y procedimientos cuando éstos se convierten en obstáculos injustificados.

¿Cómo se solicita la pensión por orfandad en estos casos?

De forma general, la pensión por orfandad se solicita ante el IMSS acreditando el vínculo con el asegurado fallecido y el cumplimiento de los requisitos legales. Cuando existe discapacidad, la autoridad no puede rechazar la solicitud por formalismos, y debe resolver considerando los ajustes razonables.

La sentencia ordenó al Instituto “resolver el trámite considerando dichas medidas”, lo que implica analizar la petición de fondo, con enfoque de igualdad y no discriminación.

Esta resolución sienta un precedente relevante al recordar que el derecho a la seguridad social no puede condicionarse por la discapacidad ni negarse mediante formalismos. La sentencia refuerza la obligación de las autoridades de resolver de fondo las solicitudes, aplicar ajustes razonables y garantizar que las personas en situación de vulnerabilidad puedan acceder efectivamente a las prestaciones que la ley les reconoce, como la pensión por orfandad.

powered_inventiva_blanco (1) (2) (1)

© 2026 El Heraldo de México – All rights reserved