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¿Se pueden reclamar las pensiones retroactivas? Esto dice la SCJN

Durante años, una menor creció sin recibir pensión de su padre. Otro familiar cubrió sus gastos, mientras la obligación original quedó en el aire… un caso así llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). 

Tras ser analizado, se fijó un criterio que responde directo a esa pregunta y puede cambiar el resultado de muchos juicios familiares. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles. 

Sí se pueden reclamar pensiones retroactivas

La SCJN determinó que sí es posible exigir el pago de pensiones alimenticias de periodos pasados cuando la obligación no se cumplió.

El tribunal señaló que niñas, niños y adolescentes “tienen derecho a recibir alimentos por el periodo en que esta obligación no fue cumplida”, lo que permite reclamar pagos atrasados.

Que otra persona haya ayudado no elimina la deuda

Uno de los puntos clave del fallo es que el apoyo de otros familiares no cancela la responsabilidad del padre o madre obligados.

De hecho, la Corte fue clara al establecer que “la obligación alimentaria no desaparece, aunque otro familiar haya apoyado”, por lo que la deuda sigue vigente.

No todos los casos se resuelven igual

Aunque el criterio abre la puerta a reclamar pensiones retroactivas, no se trata de una regla automática.

La SCJN precisó que los jueces deben analizar cada caso, incluyendo si el padre conocía el embarazo o si actuó “de buena o mala fe”, antes de fijar el pago.

En conclusión: sí se pueden reclamar pensiones alimenticias atrasadas, pero su aplicación depende de las condiciones específicas de cada caso y de lo que determine un juez.

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