SCJN: ¿se debe valorar la opinión de menores en casos de violencia vicaria?
Las decisiones sobre con quién vivir o cómo convivir con sus padres pueden cambiar la vida de una niña, un niño o un adolescente. Pero, ¿qué pasa cuando un tribunal resuelve estos asuntos sin escuchar lo que tienen que decir?
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizó esta situación en un caso de violencia vicaria. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles.
¿Qué dice la Corte?
Al resolver el Amparo Directo en Revisión 2798/2025, la Corte estableció que las autoridades deben garantizar la participación de niñas, niños y adolescentes en los procedimientos familiares que afectan sus derechos, considerando su edad y madurez.
El asunto surgió de un procedimiento por violencia familiar promovido por una mujer contra el padre de su hijo. Durante el proceso se acreditó violencia psicológica y vicaria contra ella, y se tomaron decisiones que afectaban al adolescente sin escuchar su opinión.
“En casos de violencia vicaria, la opinión de niñas, niños y adolescentes debe ser tomada en cuenta”, explicó la SCJN al difundir el criterio.
La Corte destacó que el análisis debe abarcar tanto la violencia contra la madre como las afectaciones que sufren los menores, debido a que tienen derechos propios y necesitan una protección que atienda su situación particular.
¿Cómo debe tomarse en cuenta su opinión?
Para escuchar a las víctimas, los tribunales deben ofrecer condiciones que les permitan hablar con libertad. Para ello, la Corte señala que deben expresarse “sin presiones, influencias o interferencias de las personas involucradas en el conflicto familiar”.
Esto cobra importancia cuando se decide sobre custodia, convivencias o medidas de protección. Conocer lo que sienten y piensan ayuda a valorar cómo les afecta el conflicto y qué necesitan para estar protegidos.
El criterio exige a las autoridades:
- Identificar las afectaciones propias que enfrentan niñas, niños y adolescentes dentro de esa dinámica de violencia.
- Garantizar su participación, tomando en cuenta su edad y las circunstancias del caso.
- Revisar su situación de forma integral, antes de resolver sobre sus derechos.
- Priorizar su interés superior, es decir, la protección de sus derechos y bienestar.
Pero es importante aclarar que escuchar la opción de las víctimas no traslada la responsabilidad de resolver el conflicto familiar. Esa tarea corresponde al tribunal, ahí se debe valorar su declaración junto con los demás elementos del caso.
¿Qué ordenó la SCJN para proteger al adolescente?
La Suprema Corte concedió el amparo para que la autoridad responsable emitiera una nueva resolución. Deberá analizar la situación del adolescente, identificar la violencia que sufrió y resolver nuevamente sobre la guarda y custodia, las convivencias y la pensión alimenticia.
La finalidad es que las decisiones respondan a sus necesidades y a la protección de sus derechos, considerando las afectaciones que ha enfrentado dentro del conflicto familiar.
“La voz de niñas, niños y adolescentes debe ser escuchada antes de tomar decisiones que involucren sus derechos”, finalizó la Corte.

