Revocación de mandato: estas son las reglas que estableció la SCJN para el proceso
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) fortaleció la participación ciudadana en el estado de Oaxaca al establecer reglas claras, accesibles y democráticas para llevar a cabo el proceso de revocación de mandato, con el objetivo de garantizar una participación libre, efectiva y equitativa de la ciudadanía.
Al resolver la Acción de Inconstitucionalidad 116/2025 y su acumulada 118/2025, el máximo tribunal del país determinó que este mecanismo de democracia directa debe contar con normas precisas, sin cargas excesivas para la ciudadanía y con condiciones que permitan ejercer este derecho político de manera real.
Reglas claras y accesibles
La SCJN estableció que la revocación de mandato debe sujetarse a reglas que no obstaculicen la participación ciudadana, pero que al mismo tiempo otorguen certeza jurídica al proceso, tanto para quienes promueven la consulta como para las autoridades encargadas de organizarla.
En ese sentido, el Pleno validó disposiciones clave que buscan un equilibrio entre viabilidad operativa y participación democrática.
Porcentaje de firmas requerido
Entre las reglas centrales avaladas por la Corte se encuentra la exigencia de que la solicitud de revocación de mandato cuente con el respaldo del 10% de las firmas del padrón electoral, requisito que fue considerado constitucional y acorde con los principios de participación ciudadana.
Plazos para el procedimiento
Asimismo, la SCJN validó los plazos de 30 días tanto para la recolección de firmas como para la organización de la jornada de revocación, al considerar que estos tiempos permiten desarrollar el proceso sin imponer cargas desproporcionadas a la ciudadanía ni a las autoridades electorales.
Con esta resolución, la Suprema Corte reafirmó que la revocación de mandato debe realizarse bajo reglas claras, democráticas y accesibles, fortaleciendo así los mecanismos de participación ciudadana y la certeza jurídica en los procesos de democracia directa.

