Rentas en 2026: ¿pueden rescindir un contrato por tener mascotas?
¿Te pueden pedir que desocupes una vivienda rentada por tener mascotas? En 2026, esta duda se mantiene vigente entre inquilinos y propietarios. Aunque no existe una prohibición general en la ley para tener animales de compañía en inmuebles rentados, el contrato de arrendamiento y su cumplimiento siguen siendo el factor determinante para definir si un arrendador puede o no terminar la relación contractual.
La respuesta no es automática y depende de varios factores legales. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te damos los detalles.
Lo que dice la ley sobre contratos de renta y mascotas
En materia de arrendamiento, la ley no prohíbe de forma general la tenencia de mascotas en viviendas rentadas, pero sí reconoce la fuerza obligatoria del contrato firmado entre las partes. Por ello, el punto clave está en lo que se haya pactado por escrito.
Los contratos de arrendamiento en México se rigen principalmente por el Código Civil de cada entidad federativa. En términos generales, la ley establece que el arrendatario debe usar el inmueble conforme a lo pactado y responder por los daños que se ocasionen.
Esto significa que:
• Si el contrato no prohíbe expresamente tener mascotas, el arrendador no puede terminar el contrato solo por ese motivo.
• Si el contrato sí incluye una cláusula que prohíbe animales, el incumplimiento puede dar lugar a sanciones contractuales, incluida la rescisión, siempre que se respeten los procedimientos legales.
En ningún caso el arrendador puede desalojar de manera inmediata o por cuenta propia; cualquier terminación debe seguir las vías legales correspondientes.
¿Puede el casero rescindir el contrato si hay daños?
La ley sí permite la rescisión del contrato cuando el inquilino causa daños al inmueble o altera su uso pactado. Si una mascota provoca deterioros graves —por ejemplo, daños estructurales, afectaciones a instalaciones o molestias comprobables a terceros—, el arrendador puede exigir:
• La reparación de los daños.
• El pago de penalizaciones establecidas en el contrato.
• En casos extremos, la rescisión del arrendamiento mediante un proceso legal.
No obstante, la sola existencia de una mascota no constituye un incumplimiento legal.
¿Qué pasa si el arrendador quiere terminar el contrato antes de tiempo?
Para terminar un contrato antes de su vencimiento, el arrendador debe acreditar una causa legal o contractual válida. Tener mascotas solo será causa de rescisión si así se estableció de manera clara en el contrato y si el arrendatario fue informado desde el inicio.
Además, en varias entidades del país se exige aviso previo y, en su caso, resolución judicial, por lo que el arrendador no puede exigir la salida inmediata del inquilino.
En conclusión, tener una mascota no es motivo automático para que te terminen un contrato de renta en 2026. La ley protege tanto al arrendador como al inquilino, pero prohíbe los desalojos arbitrarios y las resciciones sin fundamento legal.

