¿Qué nuevo concepto se validó en la Ley General de Salud? Esto dice la SCJN
¿La Ley General de Salud criminaliza automáticamente a personas consumidoras de narcóticos? Esa fue una de las preguntas analizadas recientemente por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
El Máximo Tribunal revisó la constitucionalidad de la definición del concepto “comercio” y fijó postura sobre el alcance real de esa disposición. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles.
Corte validó la definición de “comercio”
La SCJN analizó el artículo 473, fracción I, de la Ley General de Salud, disposición que define el “comercio” de narcóticos como su venta, compra, adquisición o enajenación.
La persona que promovió el amparo argumentó que esa definición criminaliza de manera genérica a las personas consumidoras.
Sin embargo, el Máximo Tribunal confirmó la constitucionalidad de la norma y sostuvo que el artículo “no establece por sí mismo una sanción ni una prohibición autónoma”.
¿Qué concluyó la Corte sobre esta definición?
De acuerdo con la resolución, la disposición únicamente “precisa el significado jurídico del término ‘comercio’ dentro del marco normativo”.
Además, la Suprema Corte explicó que la finalidad de la norma es “brindar certeza jurídica al definir con claridad el alcance semántico de un concepto utilizado por la propia ley penal”.
La SCJN también aclaró que esta definición “no implica criminalizar automáticamente cualquier acto de adquisición de narcóticos”.
Así surgió el caso
La resolución derivó del caso de una persona sancionada por delito contra la salud en modalidad de narcomenudeo, específicamente en la hipótesis de comercio en variante de compra.
Luego de que un juzgado federal negara el amparo promovido contra la norma, el asunto llegó hasta la Suprema Corte mediante un recurso de revisión.
La resolución corresponde al Amparo en Revisión 994/2023, resuelto por el Pleno el 14 de mayo de 2026.
El Máximo Tribunal concluyó que la disposición busca brindar certeza jurídica sobre el alcance del término y no criminaliza automáticamente a personas consumidoras de narcóticos.

