Por Rubén Jesús Lara Patrón
La democracia es tanto un sistema de vida, como una característica que define nuestra forma de gobierno, además de un principio general que legitima la Constitución; pero, sobre todo, es un régimen político concreto que conlleva la indispensable necesidad de generar condiciones que fomenten y consoliden la tolerancia, el respeto a la diversidad y, en especial, el diálogo que resulta esencial para garantizar la convivencia social.
Para asegurar la existencia y desarrollo de estos elementos, es indispensable que dentro de este modelo de gobierno se garantice la libertad de expresión que, desde una visión esencial y genérica, comprende la posibilidad de manifestar y hacer público el pensamiento propio; además de recibir ideas ajenas de toda índole.
Este derecho facilita la comunicación de los puntos de vista personales, así como de las opiniones, relatos y noticias de los demás, y cuenta con un espacio muy amplio de aplicación en el ámbito político electoral, pues permite a la ciudadanía contar con la información necesaria para ejercer su poder soberano que, en su dimensión principal, consiste en determinar quién va a ocupar un cargo público, para actuar en favor de los intereses de todas las personas a quienes representa.
De este modo, la libertad de expresión tiene una dimensión social o política, conforme a la cual se constituye como una pieza central para el adecuado funcionamiento de la democracia representativa, en tanto permite y fomenta un debate abierto sobre los temas públicos. En esta lógica, contribuye a la formación de distintas opiniones sobre asuntos políticos, así como a la consolidación de una ciudadanía activa, crítica, comprometida; partícipe en las decisiones de interés general y, también, de un electorado debidamente informado y atento al comportamiento y actuación de los gobernantes.
Tener libertad plena para expresar, recolectar, difundir y publicar ideas es una condición imprescindible para ejercer los derechos de votar y ser votado; aunado a que se torna un elemento determinante de la calidad de la vida democrática del país, por lo que resulta indispensable que cuente con una protección reforzada o especialmente intensa, aun cuando la información o ideas que se difundan a través de ella puedan chocar con las posturas del Estado o, incluso, ofender o alterar a un segmento de la población, que son, precisamente, las demandas de tolerancia y apertura, sin las cuales no podría existir una sociedad plural.
Así, la regla general que prevalece en democracia consiste en que, por mandato constitucional y convencional, todas las formas de expresión deben entenderse protegidas y sólo podrán ser limitadas por razones imperiosas; por ejemplo, que la ciudadanía pueda votar de forma consciente, libre e informada y que no se afecte el esquema de participación y decisión desarrollado en su favor.
Entre las restricciones al ejercicio de la libertad de expresión en el ámbito político electoral se encuentran las relativas a que, dentro de los mensajes que se difunden en los procesos de participación ciudadana, no haya espacio para la calumnia, discriminación o violencia política contra las mujeres.
La posibilidad de orientar el ejercicio de la libertad en cita no está libre de polémica, ya que implica restringir la libre circulación de ideas y contenidos en un ámbito que está llamado a maximizarlos, es decir, en un espacio que debe permitir que el flujo de información sea más intenso y constante para favorecer mayores espacios de diálogo. Por ello, en el desarrollo de esta tarea, que se realiza en sede jurisdiccional, debe observarse una deferencia extrema con este derecho, para evitar que se vea lesionado o disminuido mediante el establecimiento de barreras innecesarias e insostenibles frente a los límites que persigue desde su dimensión social.
Ahora bien, aunque podría resultar evidente, no sobra señalar que la libertad de expresión está dirigida a la ciudadanía y los distintos actores políticos que intervienen en los procesos políticos y electorales, mientras que las autoridades están sujetas a una serie de reglas, con base en las cuales se desarrolla el modelo de comunicación política vigente en el país, en el que se regulan, entre otras cuestiones, el acceso a la radio y televisión; contenido de la propaganda política o electoral; difusión de propaganda gubernamental; actos de precampaña y campaña, y promoción personalizada.
Estas previsiones tienen como objetivo esencial que nadie se beneficie de alguna posición de ventaja, para que no se afecte el esquema de participación y decisión ciudadana, relativo a quién debe ejercer el poder político en el Estado y de qué forma debe hacerlo.
Todo lo apuntado se traduce en una garantía de libertad e igualdad en favor de las personas y recuerda que “sin libertad, la democracia es despotismo, y sin democracia, la libertad es una quimera”, como dijo Octavio Paz, pero también que, como sostuvo Cicerón: “somos esclavos de la ley para poder ser libres”, pues sólo mediante el establecimiento de límites normativos a la libertad de expresión podrá garantizarse un ejercicio eficiente de este derecho y, en consecuencia, será posible elevar la categoría del debate público y, de esta forma, fortalecer la calidad de la democracia en el país.