La interconectividad, el siguiente paso hacia una justicia digital en serio
Por Susana Mercado Alvarado
Hace unos días se publicó en el Diario Oficial de la Federación un documento que, para muchos ciudadanos, pasó inadvertido. Se trata de la Declaratoria de interconectividad de sistemas electrónicos entre el Consejo de la Judicatura Federal y el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), con la cual ambos órganos jurisdiccionales se reconocen como autoridades habilitadas para la recepción, consulta, tramitación, sustanciación, resolución y notificación de juicios mediante medios electrónicos.
Debemos decir que este acto administrativo, publicado el 31 de julio de 2025, no es un mero formalismo es la cristalización de diversos convenios, acuerdos y múltiples reformas incluso a la constitución, que se trabajaron en los últimos quince años buscando llevar la justicia federal a un nuevo nivel de colaboración digital. Como servidora pública y persona juzgadora en el TFJA, he sido testigo de los obstáculos técnicos y normativos que durante años impidieron esta coordinación. Por eso, hoy es importante explicarle a la ciudadanía por qué esto importa, más allá del lenguaje técnico que muchas veces aleja a quienes más deberían beneficiarse de estas transformaciones.
Del expediente en papel al expediente interoperable
Hasta hace poco, un juicio podía nacer y morir dentro de un solo circuito si el ciudadano acudía al Poder Judicial de la Federación, sus documentos, plazos y trámites quedaban encapsulados ahí. Lo mismo ocurría con los asuntos que llegaban al TFJA. Esto dificultaba el control de legalidad entre autoridades, entorpecía las impugnaciones y generaba más trámites, copias y comparecencias que en ocasiones se sentían como excesivas e innecesarias.
La declaratoria de interconectividad elimina esas barreras. A partir de ahora, los sistemas electrónicos del poder judicial federal y del TFJA podrán hablar entre sí. Esto significa que si una parte presenta una demanda de amparo contra una resolución del TFJA, por ejemplo, ya no será necesario imprimir expedientes, trasladarse físicamente, ni escanear documentos desde cero, el expediente electrónico podrá consultarse y tramitarse entre ambos órganos. Es, en efecto, una forma de “gobierno electrónico” aplicada al sistema de justicia.
Chiapas como punto de partida
Un detalle que llamó la atención en la declaratoria es que este nuevo esquema iniciará su implementación en el estado de Chiapas. ¿Por qué Chiapas? Si bien no hay una razón única o expresa, hay varias lecturas posibles.
Primero, Chiapas representa uno de los estados con mayores retos de acceso a la justicia por razones geográficas, sociales y económicas. Implementar ahí la interconectividad es una señal de que la digitalización no está pensada solo para las grandes ciudades. Segundo, se trata de una entidad en donde tanto el Poder Judicial de la Federación como el TFJA, ya cuentan con infraestructura mínima para operar digitalmente. Tercero, quizá se busca un laboratorio de implementación donde pueda probarse este modelo con relativa autonomía, antes de escalarlo al resto del país.
Desde la experiencia jurisdiccional, sabemos que estos cambios no son inmediatos ni fáciles. Requieren ajustes operativos, capacitación de personal, reformas y sobre todo voluntad.
De la justicia remota a la justicia accesible
De forma que debemos ver este avance en el contexto más amplio de la reforma al artículo 17 constitucional en materia de justicia digital, y también de los esfuerzos del gobierno federal para eliminar trámites burocráticos innecesarios, migrar servicios a plataformas interoperables y reducir la carga administrativa para las personas.
Lo que estamos presenciando es un cambio progresivo de paradigma, la justicia digital ya no se entiende solo como “hacer lo mismo, pero por internet”, sino como una nueva forma de pensar la relación entre ciudadanía, tribunales y derechos. En este sentido, la interconectividad no es un fin en sí mismo, sino una herramienta para acercar la justicia a quienes la necesitan, especialmente en contextos de vulnerabilidad.
La jurisprudencia de nuestros tribunales ha ido reconociendo que los medios electrónicos no deben ser una barrera más, sino un facilitador de derechos. La Segunda Sala de la Suprema Corte, por ejemplo, ha sostenido que el uso de plataformas digitales debe interpretarse a la luz del principio pro persona, garantizando siempre el acceso efectivo a la tutela judicial.
Lo que sigue
Es por todo lo anterior que debemos celebrar este paso porque representa coherencia institucional. No podemos hablar de justicia digital si los sistemas no se hablan entre sí, si seguimos operando en lógicas de compartimentos conectados, si el ciudadano debe adaptarse a los sistemas en lugar de que los sistemas se adapten al ciudadano.
La declaratoria es un parteaguas técnico, pero también simbólico. Y como ocurre en todo lo simbólico, su valor dependerá de cómo lo ejecutemos en la práctica diaria con criterios claros, sin burocracia innecesaria, y con una mirada humana, empática, cercana. Es momento de tomarnos en serio la justicia digital. No como moda, no como discurso, sino como una promesa institucional que se va cumpliendo paso a paso, expediente por expediente.

