Por Jorge Nader Kuri
El juicio de amparo ha sido, desde su creación, la piedra angular de la protección de los derechos fundamentales en México. Sin embargo, su procedimiento sigue anclado en un modelo predominantemente escrito, formalista y burocrático que no responde a las exigencias de un sistema de justicia moderno. Mientras los procesos penales, laborales, civiles y familiares han transitado hacia la oralidad, el amparo continúa operando bajo reglas que entorpecen su acceso efectivo y la resolución expedita de los conflictos. Es momento de repensar este esquema y avanzar hacia la implementación de un juicio de amparo oral, que preserve su esencia garantista pero que también lo haga más ágil, transparente y eficiente.
La reforma penal de 2008 estableció la oralidad como eje central del proceso penal, con el objetivo de hacerlo más dinámico, contradictorio y accesible. Posteriormente, en 2017, el ámbito laboral siguió la misma ruta, buscando reducir la dilación procesal y garantizar un debate más equilibrado entre las partes. La justicia civil y familiar ha emprendido un camino similar en el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, dejando claro que la oralidad no es solo una tendencia, sino una necesidad para mejorar la administración de justicia.
El juicio de amparo, en contraste, mantiene un sistema en el que el expediente escrito es el medio predominante de argumentación, y donde los incidentes procesales pueden extender los litigios por años. La falta de inmediación entre el juez y las partes, la escasa publicidad de los procedimientos y la dificultad para que los justiciables comprendan plenamente su caso han convertido al amparo en un instrumento altamente técnico, a menudo inaccesible para la ciudadanía.
No podemos ignorar que este rezago afecta gravemente su función como mecanismo de tutela efectiva de los derechos. Si el amparo es la vía para controlar la constitucionalidad de los actos de autoridad, su procedimiento debería ser el más dinámico y garantista de todos.
La incorporación de la oralidad en el juicio de amparo traería múltiples beneficios, entre ellos:
La modernización del juicio de amparo no es solo una cuestión de eficiencia procesal, sino de garantizar el derecho de acceso a la justicia en términos reales. Si hemos reconocido que la oralidad es el camino correcto para otros procedimientos, no hay razón para que el juicio de amparo permanezca atrapado en un modelo decimonónico que no responde a las necesidades actuales.
Es fundamental que el Poder Legislativo y el Poder Judicial impulsen una reforma en esta dirección, con un diseño normativo que preserve las garantías del juicio de amparo, pero que al mismo tiempo lo haga más accesible, ágil y acorde con un Estado constitucional de derecho moderno. La tutela efectiva de los derechos fundamentales no puede depender de expedientes interminables y trámites burocráticos; debe sustentarse en un proceso dinámico, transparente y orientado a la resolución justa y oportuna de los conflictos.