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¿Es válido reprobar a las y los estudiantes de nivel básico? Esto dice la SCJN

Uno de los debates más frecuentes dentro de las escuelas ha sido si reprobar estudiantes ayuda realmente a mejorar la educación o si termina afectando la permanencia escolar de niñas y niños.

Ese tema llegó recientemente hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que analizó el modelo actual de evaluación aplicado en educación básica en México. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles. 

Corte analiza las reglas de evaluación escolar 

El Pleno de la Suprema Corte resolvió que el Acuerdo 10/09/23 de la Secretaría de Educación Pública es constitucional y compatible con el derecho a una educación de excelencia previsto en el artículo 3° de la Constitución.

Ese acuerdo establece las normas  de alumnas y alumnos de nivel básico relacionadas con:

  • evaluación
  • acreditación
  • promoción
  • regularización
  • certificación

“La excelencia educativa no se reduce a reglas rígidas de evaluación”, sostuvo la Corte al explicar el alcance de la resolución.

Con ello, el Máximo Tribunal descartó que una educación de calidad dependa únicamente de mayores índices de reprobación, controles estrictos de asistencia o modelos basados solo en calificaciones. 

La educación debe verse de forma integral

Uno de los puntos centrales del criterio de la SCJN es que la excelencia educativa implica mucho más que aprobar o reprobar estudiantes.

“El mejoramiento integral y constante del aprendizaje” forma parte del concepto constitucional de excelencia, explicó el Tribunal Constitucional.

La resolución señala que el sistema educativo también debe fortalecer el pensamiento crítico, la participación del alumnado, la relación entre escuela y comunidad y la permanencia escolar. 

Por ello, la Corte consideró válido que las reglas de evaluación sean:

  • graduales
  • complementarias
  • y subsanables

Esto aplicaría especialmente cuando buscan evitar barreras que afecten el desarrollo educativo de niñas, niños y adolescentes.

Interés superior de niñas y niños fue clave en la decisión

La Suprema Corte también subrayó que cualquier modelo de evaluación debe aplicarse tomando en cuenta el interés superior de la niñez.

Esto implica que las reglas escolares no pueden centrarse únicamente en sanciones o mecanismos punitivos que dificulten:

  • el acceso a la educación
  • la permanencia en las aulas
  • o la participación dentro del sistema escolar

“Los criterios de evaluación, acreditación y promoción están dirigidos a garantizar el acceso, permanencia y participación del alumnado”, destacó la SCJN.

El asunto fue resuelto dentro del Amparo en Revisión 419/2025 por el Pleno del Máximo Tribunal.

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