De Tin Marin De Do Pingüe
Por: Alejandro Wong Meraz,Profesor investigador UAEMEX
Como es sabido, conforme a la convocatoria emitida por la Cámara de Diputados, el pasado 6 de abril del presente año se llevó a cabo el examen de conocimientos para las personas aspirantes a ocupar tres vacantes en el Consejo General del Instituto Nacional Electoral.
No se trata de un asunto menor. A quienes resulten designados les corresponderá resolver cuestiones sumamente delicadas, como el registro de nuevos partidos políticos y la organización del próximo proceso electoral, que se perfila como uno de los más complejos: se renovará la Cámara de Diputados, nueve gubernaturas y la totalidad de los congresos locales. A ello se suma la complejidad del proceso de elección para la renovación pendiente del Poder Judicial Federal, así como la coadyuvancia en las entidades federativas que aún no han implementado dicho modelo.
Por ello, puede afirmarse que, para la vida democrática del país, resulta fundamental quiénes ocuparán estos espacios en el INE. En este órgano también se determinan aspectos clave como el financiamiento de los partidos políticos y ejercicios como la revocación de mandato. Se trata de una institución que maneja un presupuesto superior a los 14 mil millones de pesos, cuyas decisiones son colegiadas; de ahí la enorme responsabilidad que recaerá en estas tres personas.
De acuerdo con la convocatoria, se integró un Comité Técnico de Evaluación encargado de revisar los perfiles de las personas aspirantes. Conforme a la ley, dicho comité debería estar integrado por siete personas: tres designadas por la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, dos por la Comisión Nacional de Derechos Humanos y dos por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales. Sin embargo, tras la desaparición de este último, el comité quedó conformado únicamente por cinco integrantes.
Este Comité evalúa a más de 400 aspirantes. El primer filtro consiste en la revisión documental, y el segundo en la aplicación de un examen de conocimientos.
Según diversas personas que presentaron la prueba, ésta consistió en una batería de 100 preguntas de opción múltiple (A, B, C o D), con un tiempo límite de dos horas, lo que equivale a poco más de un minuto por reactivo. Las preguntas abarcaron temas jurisdiccionales electorales, fiscalización, cultura general y teoría política.
Es aquí donde, desde mi perspectiva, el instrumento comienza a fallar para determinar si una persona es idónea para ocupar un cargo de tal relevancia. Varias de las preguntas difícilmente permiten valorar la idoneidad de los aspirantes. Por ejemplo:
¿Quién es el padre de la división de poderes?
a)Rousseau
b)Montesquieu
c)Locke
d) Hobbes
Se trata de una pregunta que formulo a estudiantes de primer semestre de Derecho y cuya respuesta incorrecta implica, prácticamente, reprobar un curso básico de Teoría del Estado.
Otra pregunta fue:
¿Cómo se llamaba el recurso que se utilizaba en los años noventa antes de que existiera la rama del Tribunal Electoral que se tramitaba ante la Suprema Corte de la Nación?
¿Responder correctamente —por ejemplo, “recurso de inconformidad electoral”— convierte a alguien en apto para ser consejero?
Ahí radica el problema. El Comité está evaluando conocimientos memorísticos cuando debería centrarse en identificar los perfiles más idóneos, de entre los cuales se integrarán las quintetas que posteriormente serán votadas por la Cámara de Diputados.
Un examen para un cargo de esta importancia debería centrarse en criterios sustantivos. En ese sentido, sería más pertinente plantear preguntas abiertas que obliguen a fundamentar respuestas. Por ejemplo:
• ¿Cómo asignarías las diputaciones de representación proporcional?
• ¿Validarías una elección en la que se documentó el uso de “acordeones”?
• ¿Sancionarías a un partido político por operar mediante estructuras paralelas de apoyo al titular del Ejecutivo?
• ¿Otorgarías registro a una organización política que utilice símbolos religiosos o incorpore elementos espirituales en su plataforma?
• ¿A quién asignarías una curul cuando confluyen criterios de minoría histórica, paridad de género y discapacidad?
• ¿Validarías una elección en la que intervino de manera sistemática la maquinaria del Estado?
Este tipo de cuestionamientos permitiría evaluar no sólo el conocimiento, sino la capacidad de análisis, criterio jurídico y solidez argumentativa de las personas aspirantes. Es ahí donde realmente puede determinarse su idoneidad para integrar el Consejo General del INE.
Un examen de opción múltiple dice poco —o nada— sobre si una persona es apta para el cargo. Incluso, podría responderse al azar, confiando en el método más conocido por generaciones de estudiantes: el infalible “de tin marín de do pingüé”.

