Por Pedro Serret
Ya hemos señalado en otro momento que los Centros de Justicia Penal Federal están conformados por dos vertientes, la jurisdiccional y la administrativa.
Ahora, nos enfocaremos en el área de la Administración de estos recintos, la cual es parte fundamental para garantizar su operatividad, con el máximo aprovechamiento de los recursos humanos y materiales a su disposición.
Al igual que una obra de teatro, donde no vemos qué sucede tras bambalinas, pero que estamos seguros de que la puesta en escena implica mucho trabajo de todos los colaboradores, algo similar ocurre en la Administración, cuyo objeto principal es la gestión de los procesos penales federales, ya sea a través de la preparación de las propias audiencias o del seguimiento procesal de los asuntos.
La Administración está conformada a su vez por dos áreas, una denominada Despacho Logístico y Administrativo, y la otra Despacho Judicial; la primera, tiene como objetivo administrar los servicios generales que se requieren para el adecuado funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y áreas administrativas, que va desde la preparación de los espacios físicos para la celebración de las audiencias en las salas, pasando por asegurar la capacidad y buen funcionamiento de infraestructura tecnológica, hasta la supervisión de las actividades necesarias para el resguardo y conservación de imágenes o sonidos de las audiencias.
La segunda, su objetivo es asegurar el despacho de actos procedimentales y demás actuaciones complementarias a las audiencias, referidas al trámite judicial y encaminadas a la conclusión de los asuntos penales, que comprenden desde la recepción y trámite de las promociones, cursando por la integración de las carpetas judiciales, hasta los registros e informes estadísticos de los asuntos; desde luego, entre muchas más.
El primer contacto de la ciudadanía y de las partes procesales con estos Centros de Justicia, incluso de las autoridades, es mediante la oficialía de partes, espacio esencial para la recepción de las promociones o escritos que contienen la solicitud o planteamiento que se pretende sea sometido a la potestad del juzgador, la cual puede ser por vía electrónica o en forma física, donde se le asigna un número de control interno y si se trata de un asunto nuevo también se le registra con un consecutivo, dependiendo del tipo de controversia de que se trate, para luego ser turnado a gestión judicial para realizar el proyecto de acuerdo que corresponda y ordenar su notificación a las partes procesales -mayormente con la programación de una audiencia o el seguimiento procesal del asunto-.
Una parte muy importante a destacar es el turno o asignación de los asuntos nuevos, lo cual se hace de forma automatizada mediante el empleo de un sistema electrónico, que de manera aleatoria los distribuye atendiendo a las cargas de trabajo, para que éstas siempre estén equilibradas entre los órganos jurisdiccionales, pero respetando la regla juez-causa, que consiste en un criterio donde un juzgador debe conocer desde el inicio hasta su conclusión del asunto sometido a su consideración, con la excepción en el caso de la etapa de juicio, que por regla procesal debe corresponder el conocimiento a un juez que no haya intervenido en alguna etapa procesal previa.
Desde luego, para cumplir con los objetivos de una y otra área, a través de las múltiples actividades que le son encomendadas a la Administración, es indispensable contar con suficiente personal profesional, capacitado y especializado en diversas disciplinas; complemento de lo anterior y de gran valía, desde luego, es el personal prestador de servicio social y los practicantes profesionales, que si bien no forman parte de la estructura de los servidores públicos que laboran en los Centros de Justicia, sería injusto no reconocer su aportación a la impartición de justicia, dado el auxilio que brindan sobre todo en las sedes con alta carga de trabajo y con plantilla de personal reducida.
Definitivamente, entre la Administración y los Órganos Jurisdiccionales, debe existir una comunicación y coordinación permanente, indispensable para lograr que la impartición de justicia sea pronta y eficiente, pues no debemos olvidar que existe una interconexión entra ambas áreas que podemos calificar de indisoluble, pues tan importante es la programación de audiencias, como su desahogo, estableciendo las condiciones operativas para ello.