Automovilista le quitó la vida a repartidor de farmacia en Iztacalco, ¿cuál podría ser el castigo?
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Hugo “N”, un joven repartidor de farmacia, perdió la vida este lunes mientras realizaba una entrega en la alcaldía Iztacalco. El motociclista fue arrollado por un conductor que, según testigos, conducía a exceso de velocidad y no se detuvo tras el impacto.
El hecho ocurrió sobre la avenida Plutarco Elías Calles, donde Hugo fue proyectado violentamente contra el pavimento y falleció a causa de las lesiones, pese a que paramédicos intentaron reanimarlo.
El caso ha provocado indignación entre trabajadores del sector y usuarios en redes sociales, que exigen justicia por el repartidor, quien presuntamente había comenzado su turno apenas unos minutos antes del accidente. El conductor responsable fue detenido por elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) tras intentar huir del lugar, ¿cuál podría ser el castigo? Aquí en el sitio de “El Mundo del Derecho” te damos los detalles al respecto.
Posible castigo por homicidio culposo
De acuerdo con el Código Penal de la Ciudad de México, cuando una persona causa la muerte de otra en un accidente de tránsito, puede ser procesada por el delito de homicidio culposo, previsto en el Artículo 60 y en el Artículo 136 del ordenamiento.
Este tipo de homicidio —que no se comete con intención, pero sí con negligencia o imprudencia— puede ser sancionado con:
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De 4 a 10 años de prisión, si se demuestra que el conductor actuó con falta de precaución, exceso de velocidad, o bajo los efectos del alcohol o drogas.
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Suspensión o cancelación de la licencia de conducir, hasta por cinco años.
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Pago de reparación del daño a la familia de la víctima, conforme al Código Civil local.
Además, si el Ministerio Público acredita agravantes, como abandonar el lugar del accidente, conducir en estado de ebriedad o haber rebasado los límites de velocidad permitidos, las penas pueden aumentar hasta en una mitad más del mínimo y máximo establecidos.
¿Puede el delito agravarse a homicidio doloso?
En ciertos casos, la conducta del responsable puede ser reclasificada como homicidio doloso eventual, si se demuestra que el conductor asumió el riesgo de causar la muerte por su manera de conducir. Esto requeriría pruebas sólidas —como grabaciones, testigos o peritajes— que demuestren una conducta temeraria y consciente del peligro.
Aunque esta figura no se aplica de forma automática, ha sido utilizada en casos de atropellamientos donde el conductor huye o maneja con notoria imprudencia.
Apoyo a la familia y seguimiento del caso
La Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México ya abrió una carpeta de investigación por estos hechos. Se espera que en las próximas horas se determine si el conductor será vinculado a proceso por homicidio culposo o si el caso escalará a un delito con agravantes.
Por su parte, colectivos de repartidores han exigido mayor protección legal para quienes trabajan en motocicleta, así como endurecer las penas contra automovilistas que atropellen a trabajadores mientras realizan sus labores.
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