Jueces, democracia y derechos humanos
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Por: Luis Raúl González Pérez
El pasado 1º de junio se llevó a cabo un ejercicio de votación ciudadana para elegir a las personas que ocuparán diversos cargos dentro de la estructura jurisdiccional del Poder Judicial de la Federación, así como en distintas entidades del país. Durante el proceso electoral, la jornada de votación y el procesamiento de sus resultados, es claro que se han revelado múltiples riesgos que necesariamente tendrán que preverse y ser atendidos para fortalecer estos mecanismos de elección para ejercicios posteriores, así como atender y dar respuesta a los múltiples cuestionamientos sobre la forma y términos en que la elección se llevó a cabo, así como en relación a la idoneidad de las personas que resultaron electas en este proceso.
Si bien la discusión sobre estos puntos y sus posibles repercusiones está lejos de terminar ya que, de más de un modo, apenas está empezando, lo cierto es que con independencia de las opiniones que cada persona tenga al respecto, el proceso deberá concluirse con la calificación que hagan las autoridades electorales sobre el proceso y las personas que resultaron electas, que en su caso, estarán legitimadas jurídicamente para ocupar los cargos por los que contendieron, razón por la cual, a partir del 1º de septiembre de 2025, tendrán la altísima responsabilidad de desempeñar los mismos, lo cual deberán hacer partiendo de la obligación que les impone el artículo 1º Constitucional, en el sentido de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, obligación que, si honran y cumplen debidamente, dejara sin sustento todos los cuestionamientos y críticas que actualmente se formulan, y de ser así, contarán con la legitimidad social.
Aún cuando durante las campañas se pidió de manera reiterada a quienes tenían alguna candidatura en la elección judicial, que hicieran públicas sus principales propuestas o las acciones que llevarían a cabo en caso de resultar favorecidos en las votaciones, un punto que muchas veces se dejó de lado es que tanto la Constitución como las leyes de la materia establecen claramente como se debe de impartir justicia en nuestro país y que es lo que se espera de una persona juzgadora. La mejor y única propuesta que las y los candidatos podían ofrecer al electorado era el que cumplirían de la mejor forma con sus mandatos constitucionales y legales, lo cual lleva implícita su obligación de respetar la dignidad de las personas y los derechos inherentes a ella, siendo éste el aspecto central al que toda la ciudadanía debe dar seguimiento para calificar el desempeño que tengan en sus cargos las y los nuevos juzgadores, así como el sentido que tengan las resoluciones que emitan, mismas que, en todo caso, tendrán que buscar la mayor vigencia y respeto de los derechos humanos.
El que este nuevo Poder Judicial logre cercanía e identificación con las personas, no debe entenderse como el que sus decisiones se aparten de lo jurídico y se subordine la legalidad y la impartición de justicia a cuestiones de popularidad o conveniencias mayoritarias. El que las personas confíen y generen un vínculo positivo con el Poder Judicial dependerá de que constaten una incidencia positiva de la actividad jurisdiccional en su vida cotidiana. En México se han llevado a cabo múltiples reformas a los sistemas de impartición de justicia a lo largo de su historia sin que ninguna haya trascendido en la memoria popular, como algo particularmente valioso y relevante, sin considerar la enorme trascendencia que algunas de ellas han tenido desde el punto de vista estrictamente jurídico. Un ejemplo de ello es la propia Constitución de 1917 de la cual aún se recuerda y menciona como uno de sus aspectos más importantes la incorporación de los derechos sociales y, en general, del capítulo de garantías, sin que actualmente se recuerde o refiera en particular, lo que en su momento fue uno de sus aportes principales, al establecer un Poder Judicial, y en específico una Suprema Corte de Justicia de la Nación, con una mayor independencia y fortaleza, tanto administrativa como operativa.
La reciente reforma judicial, plantea la cercanía de la justicia a las personas y lograr la legitimidad de quienes juzguen mediante el voto democrático. Sin embargo, es pertinente recordar que la democracia no se limita a la mera capacidad de emitir un sufragio, sino que también implica el que los derechos inherentes a cada persona sean realmente vigentes y puedan ejercerse. Los derechos humanos están reconocidos y protegidos por las normas, pero tal cuestión carecería de todo sentido y utilidad si las mismas no se aplican o cumplen, de ahí el papel tan relevante que los jueces juegan para la vigencia de los derechos humanos y el fortalecimiento de una sociedad democrática, así como del vínculo existente entre jueces, derechos humanos y justicia. Sólo mediante la aplicación y el cumplimiento de la ley las libertades pueden ser efectivas y puede haber justicia en nuestra sociedad, siendo las y los jueces un elemento indispensable para que las normas se apliquen y puedan cumplir con su papel rector de la convivencia social.
Uno de los propósitos fundamentales del derecho es generar certidumbre en las relaciones entre personas y autoridades, proceso en el que las acciones del Poder Judicial tienen particular relevancia, toda vez que las y los jueces se vuelven garantes efectivos de los derechos humanos que fortalecen con el desarrollo de su actividad nuestra institucionalidad y entorno de legalidad, coadyuvando a la construcción de una sociedad democrática y de derechos, donde por encima de intereses políticos, ideológicos o de cualquier otra índole, la prioridad básica la constituyen las personas y sus derechos.
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