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Ley de Cultura Cívica: ¿cuales son las nuevas sanciones que se contemplan en CDMX? 

Impedirle a alguien entrar a un establecimiento por su apariencia o intimidar a una pareja por besarse en la calle podría costar una multa, horas de arresto o trabajo comunitario. Se trata de algunas conductas que la jefa de gobierno Clara Brugada propone incorporar expresamente a la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México.

Pero, ¿cómo funcionarían estas medidas y qué falta para que puedan aplicarse? Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles. 

¿Qué sanciones se proponen?

La iniciativa publicada en la Gaceta Parlamentaria propone añadir tres infracciones al artículo 26 de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, aquí se abordan conductas contra la dignidad de las personas.

Estos son: 

  • Multas de 31 a 60 UMA.
  • Arresto de 25 a 36 horas.
  • Trabajo en favor de la comunidad de 12 a 18 horas.

El proyecto señala que dichas sanciones se aplicarían “de manera alternativa”. Es decir, no se plantea cobrar la multa, incluyendo el arresto y el trabajo comunitario por una misma infracción de estos supuestos. 

A la sanción correspondiente se sumaría la reparación simbólica del daño.

¿Qué conductas se busca sancionar? 

Estas son las conductas que se plantean sancionar en la iniciativa de Ley de Cultura Cívica: 

  1. Discriminar en lugares de acceso público: Impedir injustificadamente la entrada a inmuebles públicos o privados de acceso público, así como dar un trato diferenciado injustificado por apariencia, prejuicios o estereotipos.
  2. Intimidar por muestras de afecto: Se contemplan conductas como intimidar, proferir insultos o discursos que inciten a la violencia contra personas que se besen, abracen o acaricien en espacios públicos, sin distinción de su orientación sexual.
  3. Ocupar espacios reservados sin justificación: Comprende asientos y espacios destinados a personas adultas mayores, mujeres, personas embarazadas, con bebés en brazos o con movilidad reducida. La propuesta abarca el transporte público y establecimientos privados de acceso público.

Esas tres conductas quedarían clasificadas como infracciones tipo C, con las alternativas de multa, arresto o trabajo comunitario señaladas anteriormente, además de la reparación simbólica del daño.

¿Ya es oficial? 

No, los cambios a la Ley de Cultura Cívica todavía deben discutirse en el Congreso capitalino en un proceso de Parlamento Abierto para recibir aportaciones ciudadanas. 

Pero en caso de aprobarse en esos términos, cumplir una sanción no cerraría por sí solo el asunto: también habría que atender el daño causado y las medidas de reparación correspondientes.

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