Skip to content Skip to footer

SCJN: ¿qué pasa si la Constitución reconoce tus derechos y no existe ley para hacerlos efectivos? 

El hecho de que un derecho esté reconocido en la Constitución no siempre resuelve todas las dificultades para ejercerlo. Pero, ¿qué ocurre cuando falta la ley y el Congreso deja pasar el plazo para aprobarla?

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizó esta situación en un caso relacionado con los derechos de las personas jóvenes. Aquí en El Mundo del Derecho te explicamos los detalles. 

¿Qué dice la Corte? 

Al resolver el Amparo en Revisión 529/2025, la SCJN determinó que el Congreso de la Unión incumplió su obligación de expedir la Ley General en materia de Personas Jóvenes.

El caso surgió de una reforma constitucional de 2020 que ordenó emitir esa legislación en un plazo de un año. Ante la falta de la ley, diversas personas jóvenes promovieron un amparo al considerar que sus derechos no podían hacerse plenamente efectivos.

En una publicación, la Corte explicó que el Congreso “incumplió el mandato constitucional de expedir esa ley en el plazo establecido”.

La falta de legislación constituía una omisión legislativa: existía una obligación expresa de emitir la ley, pero el Congreso no la había cumplido dentro del tiempo previsto.

¿Se puede reclamar la falta de una ley mediante un amparo? 

En este caso, sí. La obligación de expedir la ley estaba establecida expresamente en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que su incumplimiento podía revisarse mediante un juicio de amparo.

“Su incumplimiento constituye una omisión que puede revisarse mediante un juicio de amparo”, señala la SCJN.

El punto central es que había un mandato concreto de legislar y un plazo para cumplirlo. Por ello, la decisión no implica que cualquier propuesta de ley pendiente pueda reclamarse de la misma manera.

La Corte también precisó que revisar esa omisión no significa sustituir al Congreso ni definir el contenido de la futura ley. La intervención judicial se limita a verificar el cumplimiento de una obligación establecida por la Constitución. 

¿Qué ordenó la SCJN al Congreso? 

La Corte ordenó emitir la Ley General en materia de Personas Jóvenes “en un máximo de dos periodos ordinarios de sesiones”, según su publicación oficial.

Con esta decisión, exigió al Congreso atender la obligación pendiente. El comunicado de la SCJN también confirma ese plazo máximo para cumplir con la emisión de la legislación. La orden judicial, por sí sola, no significa que la ley ya haya sido expedida. Su cumplimiento requiere llevar a cabo el proceso legislativo correspondiente.

En conclusión: cuando existe una obligación expresa de legislar, la falta de una ley puede ser revisada por los tribunales para exigir que se cumpla.

powered_inventiva_blanco (1) (2) (1)

© 2026 El Heraldo de México – All rights reserved