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¿Qué hacer ante el delito de despojo de vivienda? Esto explica la Fiscalía 

Imagina que sales de tu casa por algunos días y al regresar descubres que unas personas desconocidas cambiaron las chapas para adueñarse del lugar. La pregunta clave es: ¿cómo se puede recuperar legalmente el inmueble?

Un caso así podría tratarse como despojo, pero la respuesta legal no siempre es automática. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles. 

¿En qué casos podría existir el delito de despojo?

El artículo 237 del Código Penal de la Ciudad de México considera despojo el hecho de que una persona ocupe un inmueble ajeno, lo utilice o impida que su legítimo poseedor disfrute del mismo. Eso puede ocurrir mediante el uso de violencia, engaño, simulación, suplantación de identidad o de manera oculta.

Por ejemplo, la Fiscalía explica el caso de alguien que se ausenta de su casa y, al volver, descubre que personas desconocidas cambiaron las chapas y comenzaron a vivir ahí. Si la víctima puede acreditar que tenía la posesión legítima, existen elementos para iniciar una investigación.

Para ello, la autoridad deberá conocer cómo ocurrió la ocupación y revisar los documentos de las personas involucradas. Se trataría de un análisis para distinguir “cuándo puede existir un delito y cuándo corresponde otra vía”, así lo explicó la fiscal Bertha Alcalde Luján. 

En la revisión también es necesaria cuando una vivienda forma parte de una herencia. En ese escenario, antes de hablar de despojo se debe investigar el proceso sucesorio y establecer quién tiene derechos sobre la propiedad.

¿Todos los problemas con una vivienda se consideran despojo?

No, el hecho de qué un inquilino deje de pagar la renta y se niegue a entregar el inmueble no convierte automáticamente el caso en un delito. El incumplimiento del contrato debe atenderse por la vía civil.

Para ello, el Código Civil de la Ciudad de México permite al propietario solicitar la terminación del contrato por falta de pago. Sin embargo, antes será necesario iniciar el procedimiento correspondiente para recuperar la vivienda.

Esto significa que el dueño no puede cambiar las cerraduras, retirar las pertenencias del inquilino a la fuerza o impedirle la entrada para obligarlo a salir. Es decir, la Fiscalía aclara que “no puede desalojarla por su cuenta”.

Además, el Código  señala que el despojo puede ocurrir cuando el propietario ocupa su propio inmueble mientras se encuentra legalmente en posesión de otra persona, o realiza actos que afectan los derechos de quien lo habita.

¿A dónde acudir si alguien ocupó una vivienda?

La Fiscalía recomienda denunciar y llevar los documentos disponibles que ayuden a comprobar la propiedad o la posesión legítima del inmueble. Con esa información, la autoridad podrá conocer los hechos y decidir qué camino debe seguir el caso.

La denuncia puede tener tres posibles rutas:

  • Actuar de inmediato, si hay señales claras de un posible despojo.
  • Revisar los documentos, cuando existen dudas sobre quién tiene derecho al inmueble.
  • Canalizar el asunto a otra instancia, si se trata de un conflicto civil, familiar o administrativo.

En conclusión: ante el delito de despojo de vivienda, se recomienda no intentar recuperar el inmueble por la fuerza ni enfrentarse con quienes lo ocupan.

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