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Juzgar desde la herida y la ley: La perspectiva de género como mandato de justicia viva

Por: Jueza Amarande Riojas Orozco

Resolver un asunto en materia penal implica sostener sobre los hombros el peso del dolor ajeno, la exigencia de legalidad y la memoria viva del propio cuerpo. No escribo esta reflexión desde la abstracción de la doctrina ni desde la soberbia del escritorio. Escribo como jueza penal federal, pero también como una mujer que conoce la fractura, el dolor y la oscuridad que deja una violación. Soy una sobreviviente.

Y esa experiencia, lejos de nublar mi juicio o comprometer la imparcialidad que debe regir toda función jurisdiccional, me ha permitido comprender una verdad que la propia ley reconoce: juzgar con perspectiva de género no es un favor procesal ni una concesión; es una obligación constitucional y una herramienta indispensable para impartir justicia y así evitar la revictimización desde el Estado.

La perspectiva de género exige analizar los hechos con objetividad y reconocer las desigualdades, sin esta, la justicia corre el riesgo de no ver lo que muchas mujeres enfrentan: el machismo, las relaciones desiguales de poder y una violencia estructural que sigue presente en nuestra sociedad. Como juzgadora, olvidarla sería apartarme del mandato constitucional y, peor aún, cerrar los ojos ante quienes llegan a las autoridades no por gusto, sino porque necesitan protección, justicia y alguien que finalmente las escuche.

El daño provocado por la violencia tampoco termina cuando termina la agresión. Muchas veces, ahí comienza otra lucha: recuperar la tranquilidad, reconstruir los vínculos familiares, volver a imaginar un proyecto de vida. Enfrentar además un proceso penal marcado por la incredulidad, la indiferencia o la violencia institucional puede profundizar una herida que ya existe.

Por eso, el Estado tiene la obligación de acompañar a las víctimas desde el primer momento: escucharlas sin juzgarlas, evitar que tengan que revivir innecesariamente su dolor, brindarles protección efectiva y oportuna y hacer de las salas de audiencia espacios donde ninguna mujer vuelva a sentirse sola, cuestionada o desprotegida.

Durante décadas se sostuvo la idea de que la ley debía ser “ciega y neutral para todos”. Pero tratar de manera idéntica situaciones que parten de desigualdades reales puede terminar perpetuando la injusticia. En los delitos de violencia sexual y de género, los hechos casi siempre ocurren en la clandestinidad y a puerta cerrada. Por ello, exigir que una víctima presente una determinada forma de actuar, cuente con testimonios presenciales, huellas visibles físicas u otras “pruebas” como condición para reconocer la violencia sufrida, constituye una trampa procesal inaceptable.

El miedo paraliza, el terror bloquea los sentidos y el daño más devastador no siempre se ve a simple vista, sino que queda grabado en la mente y en el cuerpo de quien sobrevive.

Por ello, la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la Corte Interamericana de Derechos Humanos han establecido criterios fundamentales para juzgar estos casos, particularmente a partir de asuntos como Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú. En mi función como juzgadora, estos criterios tienen una consecuencia muy concreta: nos obligan a escuchar, analizar y valorar la prueba sin prejuicios y entendiendo las circunstancias particulares en las que ocurre la violencia contra las mujeres.

La declaración de una mujer que denuncia violencia debe ser escuchada con seriedad y empatía. Muchos de estos delitos ocurren en la intimidad, sin testigos y en circunstancias en las que difícilmente puede existir otra persona que haya presenciado lo sucedido. Por eso, su testimonio debe analizarse junto con las demás pruebas: los dictámenes médicos y psicológicos, los mensajes, las circunstancias que rodearon los hechos y, en general, todo aquello que permita conocer lo ocurrido.

Debemos comprender que el trauma no siempre permite recordar una experiencia dolorosa como si fuera una película, es decir de manera lineal. Que una mujer tenga dudas sobre una fecha, que existan pequeñas diferencias en su relato o que haya tardado en denunciar no significa, por sí mismo, que esté mintiendo. El miedo, la vergüenza y el impacto de la violencia pueden influir la manera en que una persona recuerda y comunica una experiencia traumática.

Ningún estereotipo puede convertirse en una herramienta para culpar a la víctima. La ropa que llevaba, su vida afectiva, la hora a la que salió, los lugares que frecuentaba o si había consumido alcohol o alguna otra sustancia no justifican una agresión ni significan que haya consentido ser violentada.

La pregunta obligada para acceder a la justicia no debe ser, qué hizo una mujer para provocar la violencia, sino qué ocurrió, quién ejerció dicha violencia y cómo deben garantizarse que sus derechos sean respetados. 

Porque cuando los prejuicios entran a una sala de audiencia, la justicia sale por la puerta

Juzgar con perspectiva de género no significa condenar sin pruebas, ni vulnerar la presunción de inocencia. El debido proceso y los derechos de todas las partes deben respetarse. Significa algo distinto: dejar fuera los prejuicios, resolver con apego a la ley, respeto a los derechos humanos y atención a las circunstancias reales de cada caso.

Hoy las mujeres ocupamos espacios decisivos en el Poder Judicial. Nuestra presencia no representa únicamente un cambio en las cifras. También abre la posibilidad de construir una justicia más cercana, consciente de que detrás de cada expediente existe una historia, una dignidad y una persona que espera ser escuchada.

A cada mujer que hoy vive con miedo, a la que ha pensado dos veces antes de denunciar porque teme no ser creída, a la que ha sido cuestionada, ignorada o lastimada por las propias instituciones que debían protegerla, quiero decirle, con el corazón en la mano y la toga puesta: no estás sola. Tu miedo no te hace débil, tu silencio no te hace culpable y tu voz merece ser escuchada.

Sé en carne propia lo que significan el terror, la culpa impuesta y la desconfianza en el sistema. Precisamente por eso sé también que la experiencia personal no puede sustituir a la ley, pero sí puede recordarnos la responsabilidad humana que existe detrás de cada decisión judicial. Porque cuando una mujer llega ante un tribunal después de haber sido violentada, no solo pone un expediente en nuestras manos: deposita también su confianza en que la justicia no volverá a fallarle.

Esa responsabilidad exige que ningún agresor vuelva a cobijarse en el silencio de la impunidad y que ninguna mujer tenga que pedir perdón por seguir viva. Detrás de cada expediente hay una historia, una herida y, muchas veces, un miedo que no se ve. Por eso, juzgar con perspectiva de género no es solo aplicar la ley: es hacerlo con la conciencia de que nuestras decisiones pueden cambiar la vida de una persona para siempre.

En mi juzgado, la ley y la justicia están de su lado. Porque ninguna mujer que llegue a un tribunal buscando protección debería encontrar indiferencia, prejuicios o más violencia. Debe encontrar justicia, dignidad y la certeza de que su voz importa.

Porque cuando una mujer se atreve a hablar, la justicia tiene la obligación de escuchar. Y cuando esa voz llega hasta un tribunal, ninguna jueza debería olvidar que detrás de ese expediente hay una mujer que no está pidiendo un favor: está exigiendo justicia.

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