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¿Es válido ocupar el espacio público con mercados? Esto supone la ley 

Una calle destinada al tránsito puede convertirse en cuestión de minutos en una zona de mercado llena de puestos, carpas y mercancía. 

Pero ¿es suficiente instalar un mercado para cambiar la manera en que se utiliza el espacio público? Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles. 

¿Es válido instalar un mercado en el espacio público?

El artículo 29, fracción VI, de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México⁠ considera una infracción “cambiar de cualquier forma el uso o destino del espacio público, sin la autorización correspondiente”.

Esto significa que no es válido convertir por cuenta propia una calle, banqueta, plaza o parque en un mercado. Para hacerlo se necesita el permiso de la autoridad y deben respetarse las condiciones bajo las cuales fue concedido.

La disposición no prohíbe los mercados o tianguis autorizados. Lo que sanciona es ocupar el espacio público y darle una finalidad distinta sin contar con el aval correspondiente.

Por ello, la presencia de puestos no demuestra automáticamente que exista una falta. Antes debe comprobarse si los comerciantes tienen autorización, qué área pueden ocupar y cuáles son sus días y horarios permitidos.

¿Qué otras conductas pueden ser sancionadas?

La fracción XIV del mismo artículo también prohíbe colocar de manera temporal o fija elementos destinados a la venta de productos o prestación de servicios sin autorización.

La disposición puede abarcar mesas, carpas, estructuras, mercancía u otros objetos utilizados para realizar actividades comerciales en la vía pública.

Además, impedir o estorbar el uso de las calles, banquetas y demás espacios públicos puede constituir otra infracción cuando no exista permiso o causa justificada.

Cada caso deberá ser revisado por la autoridad. No será lo mismo un tianguis reconocido y colocado bajo condiciones previamente definidas que un grupo de puestos instalado sin autorización y que bloquea el paso.

¿Cuál es la sanción por cambiar el uso del lugar?

Cambiar sin permiso el uso o destino del espacio público está clasificado como una infracción tipo D. Así la persona responsable podría recibir un arresto de 20 a 36 horas o realizar de 10 a 18 horas de trabajo en favor de la comunidad.

Al imponer la sanción, la persona juzgadora también deberá considerar la reparación de los daños ocasionados. Dependiendo de la gravedad y de la ausencia de antecedentes, la ley permite aplicar una amonestación.

En conclusión: los mercados pueden ocupar calles u otras áreas públicas cuando cuentan con autorización. Sin ese permiso, instalar puestos y transformar el uso habitual del lugar puede llevar a las personas responsables ante un juzgado cívico.

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