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¿Cómo se determinan las sanciones en infracciones de protección civil? Esto dice la Corte 

Las multas y los arrestos forman parte de las sanciones que pueden aplicar las autoridades cuando se incumplen las normas de protección civil. Pero eso no significa que deban imponerse de la misma manera en todos los casos.

Sobre ese punto se pronunció la Suprema Corte de Justicia de la Nación al revisar una disposición que establecía sanciones fijas. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles. 

¿Qué resolvió la Corte? 

Al resolver la Acción de Inconstitucionalidad 129/2025, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que las autoridades no pueden imponer automáticamente la misma sanción a todas las personas que cometan una infracción en materia de protección civil.

La Corte explicó que, antes de decidir la sanción aplicable, las autoridades deben analizar las circunstancias particulares de cada caso para garantizar que la medida sea proporcional y respetuosa del principio de seguridad jurídica.

Este criterio surgió al revisar diversas disposiciones de la Ley para la Gestión Integral del Riesgo de Desastres y Protección Civil del Estado de Chiapas, las cuales establecían multas con montos fijos y un arresto obligatorio de 36 horas para determinadas infracciones.

¿Por qué son inconstitucionales esas sanciones?

El Pleno consideró que esas disposiciones eran contrarias a la Constitución, ya que impedían individualizar las sanciones de acuerdo con las características de cada infracción.

De acuerdo con la resolución, al imponer una multa o un arresto deben valorarse elementos como la gravedad de la conducta, el daño ocasionado, la reincidencia y la capacidad económica de la persona infractora, entre otros aspectos que permitan determinar una sanción proporcional.

La Suprema Corte también precisó que las 36 horas de arresto previstas en la legislación representan el límite máximo permitido, pero no una duración que deba aplicarse de manera obligatoria en todos los casos.

¿Qué implica este criterio para las personas y las autoridades?

La resolución no elimina las sanciones por incumplir las normas de protección civil ni impide que las autoridades las apliquen cuando corresponda.

Lo que establece la SCJN es que las multas y los arrestos deben imponerse mediante reglas claras, proporcionales y acordes con las circunstancias de cada caso, evitando aplicar automáticamente la sanción más severa prevista por la ley.

En conclusión: cuando una autoridad determine la responsabilidad de una persona por una infracción en materia de protección civil, deberá justificar la sanción impuesta con base en los hechos acreditados y las condiciones particulares del caso, en lugar de aplicar una pena fija para todas las situaciones.

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