Skip to content Skip to footer

¿Los estados pueden decidir la información de seguridad que reservan? Esto dice la Corte 

El derecho de acceso a la información permite a cualquier persona conocer cómo actúan las autoridades. Pero también existen casos excepcionales en los que algunos datos pueden mantenerse bajo reserva.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aclaró que las entidades federativas no pueden establecer por su cuenta qué información se reserva por motivos de seguridad nacional. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles. 

¿Los estados pueden decidir qué información reservan por seguridad?

Al resolver la Controversia Constitucional 272/2025, la Suprema Corte declaró inválida una disposición de la Ley de Transparencia del Estado de Zacatecas que permitía reservar información por razones de seguridad nacional conforme a reglas previstas en la propia legislación estatal.

De acuerdo con el máximo tribunal del país, las entidades federativas no pueden regular este tipo de reservas porque la Constitución establece que la seguridad nacional es una materia cuya regulación corresponde únicamente a la Federación.

En consecuencia, un estado no puede crear sus propias reglas para determinar qué información permanece reservada cuando el motivo sea la seguridad nacional.

¿Por qué la declaró inconstitucional esa disposición?

La Corte explicó que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos otorga exclusivamente al Congreso de la Unión la facultad de legislar sobre seguridad nacional, así como sobre el tratamiento de la información sensible vinculada con esa materia.

Por ello, cualquier norma estatal que pretenda establecer reglas propias para clasificar información como reservada por motivos de seguridad nacional invade una competencia exclusiva de la Federación y resulta contraria al orden constitucional.

La resolución no impide que exista información reservada por razones de seguridad nacional, sino que precisa qué autoridad tiene la facultad para regular esos supuestos.

¿Qué implica esta decisión para el derecho de acceso a la información?

Con este criterio, la Suprema Corte fortalece el derecho de acceso a la información al evitar que cada entidad federativa establezca criterios distintos sobre qué documentos pueden mantenerse en reserva por razones de seguridad nacional.

De esta manera, las restricciones al acceso a la información deberán sujetarse a las reglas previstas por la Constitución y la legislación federal, lo que brinda mayor certeza jurídica tanto a las autoridades como a las personas que ejercen su derecho a solicitar información pública.

La decisión también reafirma que los límites al acceso a la información solo pueden establecerse en los casos y bajo las condiciones que autoriza el marco constitucional, evitando que las entidades federativas amplíen por su cuenta las hipótesis de reserva.

powered_inventiva_blanco (1) (2) (1)

© 2026 El Heraldo de México – All rights reserved