¿Cuándo surten efecto las notificaciones electrónicas personales? Esto dijo la SCJN
Los plazos dentro de juicios de amparo no pueden correr automáticamente durante días inhábiles, incluso cuando una notificación electrónica ya haya sido generada por el sistema.
Ese tema llegó hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que terminó fijando un criterio obligatorio para todos los tribunales del país. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles.
Corte resolvió una contradicción entre tribunales
El caso surgió porque distintos tribunales colegiados mantenían criterios opuestos sobre el momento exacto en que debían surtir efectos las notificaciones electrónicas personales dentro del juicio de amparo.
Mientras uno de los tribunales consideraba que los efectos legales debían iniciar hasta el siguiente día hábil, otro sostenía que la notificación surtía efectos desde el mismo instante en que el sistema generaba la constancia, incluso si ello ocurría en una fecha inhábil.
Ante ello, la Suprema Corte interpretó las reglas previstas en la Ley de Amparo junto con el régimen general de días hábiles.
“El principio que establece que los plazos se computan solo en días hábiles debe armonizarse con las reglas de notificación electrónica”, explicó el Pleno.
¿Qué decidió la SCJN?
La Corte concluyó que las notificaciones electrónicas personales dirigidas a personas quejosas o terceras interesadas sí pueden generarse en días inhábiles; sin embargo, los plazos procesales no comenzarán a correr hasta el primer instante del día hábil siguiente.
“Cuando la constancia se emite en día inhábil, no pueden empezar a correr plazos procesales sino hasta el día hábil siguiente”, determinó el Máximo Tribunal.
El criterio aplicará tanto cuando la persona usuaria consulte voluntariamente el portal electrónico en día inhábil, como cuando el propio sistema genere automáticamente la constancia por falta de consulta dentro del plazo legal.
“La exigencia de certeza para las partes debe respetarse”, reiteró la SCJN.
La resolución busca dar certeza jurídica
Con esta decisión, la Suprema Corte unificó el criterio sobre notificaciones electrónicas personales dentro del juicio de amparo y reforzó la idea de que los plazos judiciales deben desarrollarse bajo reglas claras y previsibles para las partes involucradas.
La resolución corresponde a la Contradicción de Criterios 15/2026, resuelta por el Pleno de la Suprema Corte el 12 de mayo de 2026.

