¿Es posible rectificar el acta de nacimiento? Esto dice la SCJN
El acta de nacimiento es uno de los documentos más importantes para acreditar la identidad de una persona. Sin embargo, cuando la información registrada no coincide con la identidad de género, surge una pregunta: ¿es posible rectificar ese documento oficial?
Este debate llegó al Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), donde se estudia si exigir la mayoría de edad para solicitar la rectificación del acta de nacimiento es compatible con derechos constitucionales como la igualdad, la no discriminación y el interés superior de la niñez. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos.
¿Se puede rectificar un acta de nacimiento?
Sí es posible en algunos casos, pero la Suprema Corte analiza si limitar este trámite únicamente a personas mayores de edad es constitucional.
El tema se estudia en la acción de inconstitucionalidad 73/2025, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), en la que se cuestionan disposiciones de la Ley de Reconocimiento y Derechos de las Personas de la Comunidad LGBTTTIQ+ del estado de Guerrero.
Estas normas establecen que solo las personas mayores de edad pueden solicitar la rectificación del acta de nacimiento por identidad de género, lo que en la práctica deja fuera a niñas, niños y adolescentes de este procedimiento.
De acuerdo con la explicación difundida por la ministra Yasmín Esquivel, el asunto plantea una discusión constitucional relevante.
“En el Pleno analizamos si las infancias y adolescencias pueden rectificar su acta de nacimiento para reconocer su identidad de género”, explicó la ministra.
Los derechos que analiza la Suprema Corte
Durante el estudio del caso, el máximo tribunal analiza si esta restricción es compatible con diversos derechos reconocidos en la Constitución.
Entre ellos se encuentran:
• Igualdad y no discriminación
• Libre desarrollo de la personalidad
• Interés superior de la niñez
En palabras de la ministra Esquivel, el debate busca determinar si exigir la mayoría de edad para acceder a este procedimiento respeta estos principios constitucionales.
“El debate se centra en determinar si esta exigencia es compatible con derechos como la igualdad y no discriminación, el libre desarrollo de la personalidad y el interés superior de la niñez”.
La decisión aún está pendiente
Aunque el tema ya fue analizado en el Pleno de la Suprema Corte, la decisión final todavía no ha sido aprobada.
Esto significa que el tribunal aún debe resolver si es constitucional mantener el requisito de mayoría de edad para solicitar la rectificación del acta de nacimiento por identidad de género o si niñas, niños y adolescentes también deben poder acceder a este procedimiento.
La resolución que adopte la Corte podría sentar un criterio importante sobre el reconocimiento de la identidad en documentos oficiales y los derechos de las infancias y adolescencias en México.

