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¿Quiénes están obligados a presentar la declaración patrimonial? Esto dice la ley

¿Quién vigila a los que gobiernan? En México, la ley obliga a todos los servidores públicos —desde un auxiliar administrativo hasta un secretario de Estado— a presentar su declaración patrimonial y de intereses, un requisito que busca frenar el enriquecimiento ilícito y fortalecer la confianza en el servicio público.

Así lo establece la Ley General de Responsabilidades Administrativas (LGRA), cuyo propósito es prevenir la corrupción y garantizar la rendición de cuentas. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te damos los detalles. 

Una obligación para todos los niveles de gobierno

El artículo 32 de la LGRA es contundente: “Estarán obligados a presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses, bajo protesta de decir verdad, todos los servidores públicos”.

Esto incluye a quienes desempeñan empleos, cargos o comisiones en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, tanto a nivel federal, estatal y municipal, además de quienes laboran en organismos constitucionales autónomos, empresas productivas del Estado, fideicomisos públicos y órganos desconcentrados.

En términos constitucionales, el artículo 108 de la Carta Magna también amplía el alcance de esta obligación, al señalar que se considera servidor público “a toda persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la administración pública”.

Por tanto, desde una secretaria administrativa hasta un secretario de Estado, todos están sujetos a rendir cuentas sobre su patrimonio y posibles conflictos de interés.

¿Cuándo deben presentarse las declaraciones patrimoniales? 

La ley distingue tres tipos de declaraciones que deben realizarse dentro de plazos específicos:

  1. Inicial: dentro de los 60 días naturales siguientes a su ingreso al cargo.
  2. De modificación: cada año, durante el mes de mayo, para reportar cambios en ingresos, bienes o intereses.
  3. De conclusión: dentro de los 60 días posteriores a dejar el cargo o empleo público.

Estas declaraciones deben presentarse “bajo protesta de decir verdad” a través del sistema electrónico DeclaraNet o su equivalente estatal, ante la Secretaría de la Función Pública o el órgano interno de control de cada institución.

La propia dependencia federal precisa que el objetivo es “garantizar la integridad del servicio público y la confianza de la ciudadanía”, mediante la transparencia patrimonial de quienes administran recursos públicos.

¿Qué pasa si no se cumple con dicha obligación?

No presentar la declaración en tiempo o hacerlo con falsedad puede tener consecuencias serias.

La LGRA considera este incumplimiento como una falta administrativa, que puede derivar en sanciones, suspensión e incluso destitución del cargo.

La Secretaría de la Función Pública (SFP) advierte que “ningún servidor público está exento de declarar”, y que el incumplimiento reiterado “constituye una infracción que puede derivar en responsabilidad administrativa”.

Además, los órganos de control pueden iniciar procedimientos de investigación para determinar si hubo omisión intencional o enriquecimiento ilícito.

En conclusión, la declaración patrimonial y de intereses no distingue jerarquías: todo servidor público está obligado por ley.

Desde el presidente de la República hasta el personal operativo de una dependencia, todos deben informar con transparencia sus bienes, ingresos y posibles conflictos de interés.

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