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¿Quiénes son víctimas indirectas en casos de maltrato animal? Esto resolvió un Tribunal

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¿Alguna vez has denunciado un caso de maltrato animal y te has preguntado si tu voz tiene peso legal? Una reciente resolución del Poder Judicial de la Federación confirmó que quien presenta una denuncia por crueldad animal también es reconocido como víctima indirecta, al considerar que sufre afectación por la violencia ejercida contra los animales y por la omisión de las autoridades.

La decisión fue emitida por el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Séptimo Circuito, el cual determinó que “quien denuncia un hecho que la ley señala como delito de maltrato animal tiene el carácter de víctima indirecta en la carpeta de investigación respectiva”, según la tesis publicada en el Semanario Judicial de la Federación. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te damos los detalles.

La denuncia que cambió el enfoque legal

El criterio surgió a raíz del caso de una representante de una asociación civil dedicada al rescate animal, quien denunció ante el Ministerio Público la existencia de perros en condiciones deplorables.

Aunque solicitó acceso a la carpeta de investigación y su reconocimiento como víctima indirecta, su petición fue rechazada bajo el argumento de que el bien jurídico protegido pertenecía a la sociedad en general.

El tribunal, sin embargo, sostuvo que esta interpretación era incorrecta, pues “negar el carácter de víctima indirecta al denunciante implicaría que ningún integrante de la sociedad podría tenerlo en concreto y, con ello, intervenir activamente como parte dentro de la investigación”.

El alcance de la resolución

El fallo precisó que, aunque los animales son los directamente agraviados, la sociedad también resulta afectada cuando se vulnera el derecho a un entorno libre de crueldad. Por ello, el denunciante debe tener la posibilidad de intervenir en la investigación y exigir acciones a las autoridades.

“Quien denuncia el delito de maltrato animal cuenta con la calidad de víctima indirecta porque se afectan sus derechos”, indica la resolución, al recordar que estos casos se relacionan con el derecho humano a un medio ambiente sano y libre de violencia.

El tribunal enfatizó que dejar sin esa protección a los denunciantes equivaldría a “dejar en estado de indefensión los bienes jurídicos tutelados, ante la inacción de la autoridad investigadora”, lo que refuerza el papel activo de la ciudadanía en la protección animal.

En conclusión, esta decisión marca un paso importante en la defensa jurídica del bienestar animal y del derecho de la sociedad a un entorno sin violencia.

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