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¿Cómo proteger la salud de las personas no fumadoras? Esto dijo la Suprema Corte

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reafirmó el derecho a la salud al validar disposiciones que restringen los espacios para personas fumadoras.

Con esta decisión, el Pleno garantizó que existan áreas exclusivas donde no se presten servicios, no se consuman alimentos o bebidas y no se realicen actividades sociales o de esparcimiento, con el fin de proteger a niñas, niños, adolescentes y a quienes no fuman. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te damos los detalles al respecto.

Derecho a la salud por encima del consumo

En sesión del 25 de septiembre de 2025, al resolver las Contradicciones de Criterios 250/2024 y 266/2024, el Pleno determinó que las medidas son compatibles con la Constitución y con la Ley General para el Control del Tabaco. La Corte destacó que “el objetivo de la medida es salvaguardar la salud de las personas, especialmente de niñas, niños, adolescentes y no fumadoras”.

La resolución validó el artículo 60, párrafo primero, fracciones I, II y III, así como el artículo 65 Bis del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, al considerar que no contradicen la ley, sino que la complementan al establecer lineamientos claros sobre los espacios exclusivos para fumadores.

Durante la discusión, el Pleno subrayó que la medida no busca eliminar el derecho de quienes deciden fumar, sino equilibrarlo con el interés superior de la salud pública.

En palabras del tribunal: “El derecho a la salud exige que las actividades de consumo de tabaco se limiten a espacios regulados, sin poner en riesgo a terceros”.

¿Qué hacer si no se respeta la restricción?

En caso de que un establecimiento permita fumar en espacios prohibidos, las personas no fumadoras tienen derecho a denunciar ante la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), autoridad encargada de vigilar el cumplimiento de la Ley General para el Control del Tabaco y su reglamento.

La denuncia puede realizarse de forma presencial, en línea o vía telefónica, proporcionando datos básicos como el nombre y ubicación del lugar, la fecha y la descripción del incumplimiento. Cofepris cuenta con facultades para sancionar económicamente e incluso clausurar los establecimientos que reincidan en estas prácticas.

De esta manera, la ciudadanía puede exigir el respeto a espacios libres de humo y contribuir a que el derecho a la salud, reforzado por la SCJN, se materialice en la vida cotidiana.

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