‘Lady Tamales’ agrede a vendedora ambulante: ¿Cómo podría ser sancionada?
Las y los usuarios de redes sociales no descansan y ahora han bautizado como ‘Lady Tamales’ a una mujer que fue captada agrediendo a una vendedora de este riquísimo desayuno mexicano. En “El Mundo del Derecho” te compartimos cómo podría ser sancionada.
Pero antes, vale la pena señalar que los hechos ocurrieron a plena luz del día en las calles de Guadalajara, Jalisco. En el vídeo que ha sido difundido en redes sociales como X se alcanza a observar que ‘Lady Tamales’ comenzó a agredir a la comerciante bajo el argumento de que su puesto no le permitía salir de un cajón de estacionamiento.
Sin embargo, las agresiones de la mujer fueron escalando. En ese sentido, además de ofensas y gritos, terminó tirando todo el emprendimiento de la vendedora que hasta la fecha sigue recibiendo el apoyo de distintos internautas.
¿Cómo podría ser sancionada ‘Lady Tamales’?
Agresiones verbales como las que cometió ‘Lady Tamales’ pueden ser sancionadas de diferentes maneras en Jalisco dependiendo del contexto y la gravedad de los hechos. Por ejemplo, cuando en medio de este tipo de actos, hay alguna amenaza, el artículo 188 del Código Penal estatal dicta lo siguiente:
“Se impondrán de quince días a un año de prisión o multa por el importe de dos a ocho veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, al que de cualquier modo, anuncie a otro su intención de causarle un mal futuro en su persona, honor, prestigio, bienes o derechos”.
La Ley señala que cuando dichas amenazas se llegan a consolidar, el castigo dependerá del delito cometido. En ese sentido, se recomienda consultar el Código Penal de la entidad que se encuentra en esta liga.

Código Penal Federal regula daños al patrimonio
Otro aspecto legal que recordó el caso de ‘Lady Tamales’ es que el Código Penal Federal contempla todo un apartado sobre “Delitos en contra de las personas en su patrimonio” que engloba faltas como el robo, el abuso de confianza, el fraude, extorsión y uno muy importante en materia: el daño en propiedad ajena.
Así, el artículo 397 de dicho Código, establece que “se impondrán de cinco a diez años de prisión y multa de cien a cinco mil pesos” a las personas que puedan causar daños graves personales haciendo uso de ropas, muebles u objetos, tal como ‘Lady Tamales’ lo hizo con el negocio de la comerciante local.


