Vemepes sin placas: ¿de cuánto es la multa para conductores en CDMX?
Una bicicleta eléctrica o un scooter se han convertido en una de las principales opciones de movilidad y con la regulación de los Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (Vemepes), las placas ya forman parte de los requisitos para estas unidades.
Pero existe una diferencia entre la entrada en vigor de las reglas y la fecha prevista para aplicar las multas. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles.
¿De cuánto es la multa y desde cuándo se aplicará?
Circular sin placas en bicis o scooter eléctricos puede generar una multa de hasta 3 mil 519.30 pesos. Sin embargo, la aplicación de dichas sanciones para los Vemepes está prevista para el próximo 20 de noviembre.
Así lo establece el artículo quinto transitorio del decreto publicado desde el pasado mes de mayo. Sin embargo, es importante aclarar que desde septiembre ya se contempla una etapa para las unidades ya emplacadas, por lo que aquí se podrían imponer amonestaciones y advertencias correspondientes.
El artículo 45 del Reglamento de Tránsito de la CDMX indica que al incumplir los requisitos de documentación se aplicará una multa de entre 20, 25 o hasta 30 UMA. El valor dependerá del valor actual de la Unidad de Medida y Actualización.
Pero es importante aclarar que el monto correspondiente de esa multa no debe confundirse con otras infracciones, algunas pueden depender de la conducta sancionada.
¿Las placas son para todas las bicis y scooters?
No, el hecho de que un vehículo se anuncie como bicicleta eléctrica o scooter no resuelve la duda. Para conocer qué requisitos le corresponden hay que revisar sus características técnicas.
De acuerdo con el artículo 2 del Reglamento de la Ley de Movilidad, se identifica como Vemepes a los vehículos con acelerador independiente, dos o más ruedas y motor eléctrico que les permite superar los 25 kilómetros por hora. Mientras que su potencia puede ir de 250 watts a un kilowatt.
Se dividen en dos categorías:
- Tipo A: peso menor a 35 kilogramos.
- Tipo B: peso mayor a 35 y hasta 350 kilogramos.
Esos datos se pueden identificar en la ficha técnica y en caso de que surja una duda se puede confirmar la clasificación ante las autoridades de Semovi antes de realizar el registro.
¿Qué se necesita para registrar un Vemepe?
El trámite para obtener placas, tarjeta de circulación y Distintivo de Movilidad Eléctrica (DME) se realiza ante las autoridades de la Semovi. A través de su plataforma, se puede consultar el registro de los Vehículos Eléctricos Personales (VEP).
Una vez obtenida la placa, debe colocarse correctamente. Esto se debe a que el artículo 45 exige que esté visible y con la lectura hacia la parte trasera del Vemepe, por lo que llevarla guardada no cumple con esa disposición.
En conclusión: al tener pendiente el trámite de placas para bicicleta eléctrica o un scooter, noviembre obliga a revisar los documentos antes del día 20 de dicho mes.

