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SCJN rechaza amparo de Fofo Márquez: ¿qué implica para el influencer?

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió no intervenir en el caso del influencer Rodolfo “Fofo” Márquez, quien buscaba que el máximo tribunal revisara el amparo promovido contra la sentencia que recibió por tentativa de feminicidio.

Aunque la decisión representa un revés para su estrategia jurídica, esto no significa que la Corte haya analizado si la condena fue correcta o incorrecta. 

Pero entonces, ¿qué efectos tiene esta determinación? Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles al respecto. 

¿Qué resolvió la Suprema Corte en el caso de Fofo Márquez?

Durante la sesión del Pleno del 29 de junio, la SCJN resolvió no ejercer su facultad de atracción respecto del juicio de amparo promovido por Rodolfo Márquez Alcaraz, conocido como “Fofo” Márquez.

La solicitud había sido presentada por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, al considerar que el asunto podía servir para fijar criterios sobre los elementos que deben analizarse para determinar cuándo una agresión contra una mujer puede configurarse como tentativa de feminicidio.

Sin embargo, la propuesta no obtuvo el respaldo de la mayoría de las ministras y ministros del Pleno, por lo que el Alto Tribunal decidió no conocer del asunto.

¿Qué implica esta decisión para el influencer?

La principal consecuencia es que la sentencia de 17 años y seis meses de prisión permanece vigente, ya que la Suprema Corte no revisará el expediente ni emitirá un pronunciamiento sobre el fondo del caso.

No obstante, esto no significa que el juicio de amparo haya sido rechazado. Al no ejercer la facultad de atracción, la SCJN únicamente determinó que el asunto continúe siendo resuelto por el tribunal colegiado competente, el cual deberá analizar los argumentos planteados por la defensa y emitir la resolución que corresponda.

En otras palabras, la Corte no confirmó ni revocó la condena; simplemente decidió que no era el órgano que debía conocer del amparo.

¿Por qué era relevante que la Corte analizara este caso?

El Segundo Tribunal Colegiado consideró que el asunto reunía características de interés y trascendencia porque podía permitir a la Suprema Corte fijar criterios sobre la configuración del delito de tentativa de feminicidio y los elementos que deben valorarse para acreditarlo.

Sin embargo, al rechazar la facultad de atracción, el máximo tribunal dejó ese análisis en manos del órgano jurisdiccional que originalmente conoce del juicio de amparo, sin pronunciarse sobre los argumentos de la defensa ni sobre la legalidad de la sentencia.

En conclusión: la situación jurídica de “Fofo” Márquez no cambia, es decir que la condena continúa vigente y el juicio de amparo seguirá su trámite conforme al procedimiento establecido por la ley.

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