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SCJN: ¿qué se debe hacer para garantizar una participación política de igualdad? 

Tener derecho a participar en política no significa que todas las personas encuentren las mismas oportunidades para hacerlo. En Quintana Roo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que falta legislar para garantizar la participación de las personas con discapacidad en condiciones de igualdad.

Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles al respecto. 

¿Qué dice la Corte? 

Al resolver la acción de inconstitucionalidad 78/2026, el Pleno determinó que el Congreso de Quintana Roo incurrió en una omisión legislativa por no establecer medidas afirmativas para garantizar la participación política de las personas con discapacidad.

La falta identificada consiste en no contar con medidas que aseguren esa participación “en condiciones materiales de igualdad”, explicó la SCJN en su comunicado. 

Las acciones afirmativas buscan atender las desventajas que enfrenta un grupo para ejercer sus derechos. En este caso, la obligación señalada por la Corte exige que el Congreso local incorpore medidas específicas en la legislación.

Por ello, el fallo no se limita a reconocer el problema: vincula al Poder Legislativo estatal a emitir las disposiciones necesarias para corregirlo.

¿Qué deberá hacer el Congreso de Quintana Roo?

Antes de legislar, el Congreso deberá realizar una consulta a las personas con discapacidad. Después tendrá que emitir las normas que subsanen la omisión detectada.

La orden incluye un plazo: la legislación deberá entrar en vigor “a más tardar, antes del inicio del periodo de veda legislativa electoral correspondiente al proceso local de 2030”, precisó el Máximo Tribunal.

Esto significa que no basta con presentar una iniciativa. Las disposiciones deberán completar su trámite y estar vigentes antes del límite establecido en la resolución.

Es decir, no se fija una cuota concreta de candidaturas ni detalla el contenido final de las acciones afirmativas. Por lo que corresponderá al Congreso diseñar la legislación, con la consulta previa ordenada y conforme al fallo.

¿La Corte invalidó toda la reforma electoral?

No, es importante aclarar que la SCJN validó el Decreto 257 de reforma a la Constitución Política de Quintana Roo, relacionado con el sistema de representación proporcional y la integración de las listas de candidaturas a diputaciones locales.

El Pleno determinó que las normas impugnadas no requerían consulta previa a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, porque no les generaban una afectación diferenciada. También validó los cambios al sistema de representación proporcional.

Ambas conclusiones tienen alcances distintos: validar las reglas electorales examinadas no elimina la obligación de establecer medidas para garantizar una participación incluyente.

En conclusión: la tarea pendiente para Quintana Roo es consultar, legislar y poner en vigor las medidas. La igualdad en la participación política deberá traducirse en reglas que permitan ejercer ese derecho.

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