Sasha Sokol: SCJN publica dos tesis clave en casos de abuso en menores
[vc_row][vc_column][vc_column_text]La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó dos tesis de jurisprudencia que marcarán un antes y un después en la protección de niñas, niños y adolescentes frente a abusos sexuales cometidos por adultos.
A partir del 1 de septiembre, ambos criterios son obligatorios para todos los jueces y tribunales del país.
Por su parte, la artista Sasha Sokol celebró la decisión a través de sus redes sociales y destacó que estas resoluciones “amplían los derechos de las víctimas y contribuyen a un sistema de justicia más humano”. Aquí en el sitio de “El Mundo del Derecho” te damos los detalles al respecto.
Tesis 200/2025: relaciones impropias son violencia sexual
La primera tesis, identificada con el número 200/2025, establece que las relaciones impropias entre adolescentes y adultos constituyen un hecho ilícito de violencia sexual, sin importar que se presenten bajo apariencia de consentimiento.
En consecuencia, la víctima tiene derecho a reclamar indemnización por el daño sufrido durante la adolescencia.
La Corte advirtió que estas relaciones suelen normalizarse o romantizarse, pero en realidad esconden dinámicas de poder, inmadurez emocional e influencia social que impiden un consentimiento válido.
Tesis 201/2025: la acción es imprescriptible
La segunda tesis, bajo el número 201/2025, determina que la acción para reclamar indemnización por actos de violencia sexual sufridos en la niñez y adolescencia es imprescriptible.
Esto significa que las víctimas podrán acudir a la justicia en cualquier momento de su vida, sin importar cuántos años hayan pasado desde los hechos.
El criterio responde a la realidad de quienes enfrentan largos procesos para reconocer el abuso, superar el miedo, encontrar redes de apoyo o simplemente reunir la fortaleza emocional necesaria para denunciar.
“De lo contrario —subrayó la Corte— se violarían los derechos de acceso a la justicia, a la libertad y seguridad sexual, y a vivir una vida libre de violencia”.
El caso de origen
Ambas tesis derivan del amparo directo 34/2024, resuelto por la Primera Sala en junio de 2025, relacionado con la denuncia de una mujer que en su adolescencia sostuvo una relación con un adulto de 40 años. Décadas después, demandó una indemnización por daño moral.
Los ministros concluyeron que no podía aplicarse la prescripción de dos años prevista en el Código Civil, pues el daño era continuo y las secuelas psicológicas persistían. Con cinco votos a favor, se aprobó la jurisprudencia, con voto concurrente del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.
Impacto jurídico y social
Las resoluciones fortalecen la protección especial que merece la infancia, conforme a la Constitución y a tratados internacionales como la Convención sobre los Derechos del Niño.
También envían un mensaje claro: los abusos cometidos contra menores no quedarán impunes con el paso del tiempo.
La artista Sasha Sokol, quien en los últimos años visibilizó su propio caso de abuso, celebró que la SCJN adoptara estos criterios en la última sesión de la Primera Sala bajo su integración previa, calificándolos como un legado que refuerza el acceso a la justicia.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]

