Salinas Pliego: ¿qué castigo impondría la ley por no cubrir adeudos con el SAT?
Los adeudos fiscales atribuidos al empresario Ricardo Salinas Pliego reavivó una pregunta frecuente entre contribuyentes: ¿qué consecuencias establece la ley para quienes no pagan impuestos al Servicio de Administración Tributaria (SAT)?
Más allá de casos particulares, la legislación mexicana prevé una serie de sanciones claras y escalonadas para el incumplimiento de obligaciones fiscales. Aquí en el sitio “El Mundo del Derecho” te explicamos los detalles.
Multas, recargos y actualizaciones
Cuando una persona física o moral no cubre sus impuestos en tiempo y forma, la ley permite al Servicio de Administración Tributaria (SAT) aplicar multas económicas, así como recargos y actualizaciones sobre el monto adeudado. Estas medidas buscan compensar el retraso en el pago y se incrementan conforme pasa el tiempo sin que se regularice la situación fiscal.
Este tipo de sanciones son las más comunes y se aplican incluso cuando no existe intención de evadir impuestos, sino únicamente incumplimiento en los plazos.
Si el adeudo persiste, la autoridad fiscal puede iniciar un Procedimiento Administrativo de Ejecución, mediante el cual está facultada para embargar cuentas bancarias, bienes muebles o inmuebles, hasta garantizar el cobro del crédito fiscal.
Estas acciones no requieren una sentencia penal previa y forman parte de los mecanismos administrativos con los que cuenta el SAT para recuperar adeudos.
Otras medidas administrativas
Además de multas y embargos, la legislación fiscal permite al SAT aplicar restricciones adicionales, como la suspensión de ciertos trámites fiscales o limitaciones para acceder a beneficios, estímulos o devoluciones de impuestos, mientras el adeudo no sea cubierto o regularizado.
Estas medidas pueden afectar la operación cotidiana de personas y empresas, aun cuando no exista un proceso penal de por medio.
¿Puede haber cárcel por no pagar impuestos?
En términos generales, no pagar impuestos no implica automáticamente una pena de prisión. La mayoría de los adeudos fiscales se resuelven en la vía administrativa mediante cobro, multas y recargos.
Sin embargo, la ley sí prevé responsabilidad penal en casos específicos, como cuando existe evasión fiscal deliberada, uso de documentos falsos, simulación de operaciones o engaño con el propósito de defraudar al fisco. En esos supuestos, el Código Fiscal de la Federación contempla penas de prisión, además de sanciones económicas.
Así, más allá de nombres o polémicas, la ley fiscal es clara: el adeudo de impuestos tiene consecuencias legales progresivas, y el SAT cuenta con facultades para exigir su pago conforme a derecho.

